Varias normas fijan el acceso a las calles peatonales del centro

B. Capelán A CORUÑA / LA VOZ

A CORUÑA

EDUARDO PEREZ

La Marina, la calle de la Estrella o la travesía de la Cormelana fijan sus propias pautas y cuentan con vigilancia

08 may 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Las zonas peatonales del centro de la ciudad pueden llegar a ser un quebradero de cabeza para muchos conductores. La imposición de sanciones a aquellos que osaron atravesar la Marina supuso un toque de atención y la necesidad de repasar cuáles son las normas para acceder a las denominadas zonas peatonales reguladas. La concejalía de Rexeneración Urbana publicó estos días en el Boletín Oficial de la Provincia las reglas a seguir en dichas áreas.

¿Qué áreas están delimitadas como zonas peatonales reguladas?

El Ayuntamiento fija tres zonas peatonales reguladas (ZPR). La primera de ellas rodea Pescadería, desde la avenida de la Marina, pasando por Rúa Nova, San Andrés, San Agustín y la plaza de María Pita. La segunda incluye las calles de la Estrella y Mantelería, con numerosos establecimientos de hostelería en sus bajos. La última de las zonas reguladas rodea parte de las calles Orzán, Vista y Picos.

¿Cuándo se puede acceder a estas tres zonas peatonales?

Existe un horario de acceso general autorizado, que es el mismo que el de carga y descarga: de 6.00 a 11.00 horas todos los días de la semana. El resto del tiempo está prohibido el acceso a las zonas reguladas, salvo para aquellos que tengan autorización expedida por el Ayuntamiento.

¿Qué vehículos tienen autorización para acceder a estas zonas?

Los vehículos que no necesitan autorización expresa para acceder son los de emergencias y urgencia, los de recogida de basura y jardinería. Además, en la primera zona, que comprende el barrio de Pescadería, también pueden acceder los taxis, buses urbanos, el transporte escolar, como sucede en la avenida de la Marina, donde desde mayo del 2014 no puede acceder el tráfico general. El resto de vehículos necesitará una autorización expresa en la que constarán los puntos de acceso y salida autorizados y sus matrículas, incorporadas a la base de datos. Podrán acceder los titulares de vehículos con plazas de garaje en estas zonas y personas con movilidad reducida, aportando en todos los casos la documentación solicitada en el Registro Municipal.

¿Se puede acceder a estas zonas en caso de emergencia?

Existe un segundo grupo de vehículos autorizados para entrar en estas áreas mediante un permiso de acceso puntual. Esta autorización tendrá que solicitarse con 48 horas de antelación en el Registro Municipal. En la solicitud se deberá especificar el motivo para entrar con un vehículo en estas zonas. Las personas con diversidad funcional que deseen acceder, podrán hacerlo llamando a la Policía Local con 24 horas de antelación.