Absuelto un conductor drogado y ebrio que causó una grave colisión

Alberto Mahía BETANZOS / LA VOZ

A CORUÑA

Las pruebas hospitalarias, que detectaron cocaína, alcohol y anfetaminas, no fueron admitidas por una falta de forma

18 ene 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

Ahora que el famoso torero Ortega Cano tiene la cárcel en su agenda por causar un accidente mortal y dar positivo en un análisis que le hicieron en el hospital, aparece un individuo en Galicia que también provocó un aparatoso siniestro, con cinco heridos graves, y que cuando en el Chuac le hicieron las pruebas se supo que su cuerpo y su mente estaban afectados por la cocaína, el alcohol y las anfetaminas. Pero este, al contrario que el maestro, no pisará la cárcel. Ni tendrá que pagar una multa.

No tendrá que responder de absolutamente nada porque el juez apreció que la solicitud enviada al centro sanitario para que le hicieran un control sanguíneo está mal fundamentada. Así que ese error de forma le libró de dos años y medio de prisión, que era lo que quería la Fiscalía, al entender que había cometido cinco delitos de lesiones por imprudencia grave en concurso con un delito contra la seguridad vial por conducción bajo influencia de bebidas alcohólicas y drogas.

El accidente ocurrió el 22 de septiembre del 2007 en la carretera que une Betanzos y Miño (N-651). El conductor circulaba por la vía cuando de pronto salió un perro a mitad de la calzada. Eso provocó que el procesado diera un volantazo para evitar el atropello del can, perdiese el control de su vehículo y ocasionara un terrible choque contra un vehículo que viajaba en sentido contrario, ocupado por cuatro personas, que tuvieron que ser evacuadas con pronóstico grave al hospital. El ahora absuelto también estaba gravemente lesionado, al igual que su acompañante. Y todos fueron trasladados al Chuac. Pero los agentes de la Guardia Civil de Tráfico vieron detalles en el coche causante del accidente, como papel de liar porros. Así que desconfiaron y pidieron al juzgado de Betanzos que emitiese una orden para que se le realizara al conductor los oportunos análisis en el hospital para determinar si circulaba ebrio o drogado. Y así fue. Le hicieron las pruebas y salió lo que salió.

Juicio

Seis años después de aquello, el hombre fue juzgado. Se jugaba la cárcel. Pero su abogado, Fernández Garabal, pidió la nulidad de la extracción sanguínea por realizarse sin su consentimiento y no estar fundamentada la resolución que la ordenó.

Y al titular del Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña no le quedó otro remedio que atender a la defensa y anular la prueba. Por mucha cocaína y alcohol que hubiese en el cuerpo del procesado. Así explica su decisión: «En los escuetos fundamentos jurídicos del auto no consta ninguno que haga referencia a la necesidad de efectuar dichos análisis. En la parte dispositiva se ordena librar mandamiento para efectuarlos, de forma que se puede decir que el auto se encuentra ayuno de cualquier razonamiento jurídico en relación con la prueba solicitada, ni se pronuncia sobre la necesidad de suplir el consentimiento del procesado por auto judicial razonado».