Xavi Torres, jugador del Lugo, condenado a diez meses de cárcel e inhabilitado por amañar partidos en el Caso Osasuna

André Siso Zapata
André S. Zapata LUGO / LA VOZ, AGENCIAS

CDLUGO

Xavi Torres, jugador del Lugo.
Xavi Torres, jugador del Lugo. ALBERTO LÓPEZ

El valenciano tendrá prohibido jugar profesionalmente en España durante un año y diez meses. El Tribunal Supremo da por probado que aceptó dejarse perder en la última jornada de la temporada 2013/14 a cambio de una prima

17 feb 2023 . Actualizado a las 17:27 h.

El futbolista del Lugo Xavi Torres ha sido condenado en firme a una pena de diez meses de prisión y a pagar una multa de 400.000 euros por su implicación en el Caso Osasuna. El Tribunal Supremo anunció este jueves que estimó parcialmente el recurso interpuesto por los procesados, entre los que está Torres, contra la sentencia de la Audiencia de Navarra, que los había condenado por estos hechos en primer término. Ahora, se certifica que el futbolista valenciano, entonces en el Betis, aceptó un soborno de 650.000 euros, por ganar su partido ante el Valladolid en la jornada 37 de la temporada 2013-2014 y para dejarse ganar en el partido de Pamplona en la jornada 38.

La sentencia, además, condena también al jugador a una inhabilitación para el ejercicio de jugador de fútbol a nivel profesional en España durante un año y diez meses. Por lo tanto, no podrá volver a jugar con el Lugo esta temporada y parte de la siguiente. Eso, en caso de que el club no decida rescindir su contrato.

Apoyo público del club

El Lugo, a última hora de este jueves, emitió un comunicado en el que afirma apoyar al jugador. «Esta entidad quiere expresar el apoyo a su persona, poniendo de relieve su magnífico comportamiento, profesionalidad, implicación y compromiso demostrados desde el inicio de su etapa en el club; solicitando a su vez respeto, tanto para el jugador, como para su entorno», explican en una nota de prensa.

Además, inciden en que los hechos por los que se ha condenado a Torres son «anteriores a su integración como trabajador y futbolista del CD Lugo». Finalmente, afirman que el club «acompañará a su jugador en estos difíciles momentos, subrayando, sin género de dudas, su excelsa calidad humana y profesional en todo el período vistiendo la zamarra albivermella».

Un caso que marca un precedente

El Tribunal Supremo, en resumen, ha rebajado las penas para los nueve condenados por el Caso Osasuna, la primera condena sobre corrupción deportiva dictada en España por amaño de partidos, en la temporada 2013-2014, entre el club navarro y jugadores del Betis. La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que rebaja las penas que oscilaban entre 8 años y 8 meses de prisión a 9 meses a una horquilla de entre 5 años y 7 meses a 10 meses de cárcel.

El Supremo ha estimado parcialmente el recurso de los condenados porque reduce ligeramente las penas por delito de falsedad (al establecer que los condenados por este delito sólo pueden ser sancionados por dejarse ganar y no por aceptar sobornos a cambio de ganar, como apreció la Audiencia) y por corrupción deportiva, así como las multas.

Los condenados son el exgerente del club Ángel Vizcay, el expresidente Miguel Archanco, los exdirectivos Juan Antonio Pascual y Jesús Peralta, el extesorero Sancho Bandrés, los agentes inmobiliarios Cristina Valencia y Albert Nolla, y los exjugadores del Betis Antonio Amaya y Xavi Torres.

Rebajas de penas por no considerar el tratar de ganar como un delito

Quien más ve rebajada su pena es Vizcay, que pasa de 8 años y 8 meses de prisión a 5 años y 7 meses de prisión; mientras que Archanco pasa de 6 años y 8 meses a 5 años y 6 meses de cárcel. Bandrés baja de 5 años y 6 meses a 4 años; Peralta de 6 años y 8 meses a 5 años; mientras que Pascual —fallecido en verano—, pasa de 5 años y 6 meses a 4 y 10. Los exfutbolistas Amaya y Torres pasan de un año a 10 meses y los dos agentes inmobiliarios, de 9 a 6 meses.

La Audiencia de Navarra consideró probado que los condenados, miembros en aquella época de la directiva de Osasuna, acordaron primar a dos exjugadores del Betis —Amaya y Torres— para que ganasen y perdiesen sus dos últimos partidos, respectivamente, y favorecer a Osasuna. Ahora, el Supremo rebaja las penas porque, al contrario que la Audiencia, considera que dejarse perder sí es delito, pero no el primar por ganar, ya que el resultado no depende del deportista.

Entonces, elimina la condena que les habían impuesto por el partido que debían ganar y mantiene la que se les aplicó por dejarse perder en la última jornada.

Al respecto, el Supremo pone el siguiente ejemplo: «En una final de fútbol, por más dinero con que se prime a los jugadores de uno de los dos equipos contendientes, no puede asegurarse el resultado de ganar el trofeo en que consista la competición [...], pero lo contrario, sí se encuentra en mano de sus protagonistas, pues así como no puede asegurarse jugar bien, no ocurre lo contrario, pues es perfectamente ejecutable jugar mal intencionadamente y dejarse ganar», precisa la sentencia.

Dice la resolución que las primas por perder una competición deportiva son castigadas penalmente, pero, en cambio, las primas por ganar, sean encubiertas u ofrecidas por un tercero al club al que pertenezcan los jugadores, no pueden serlo, ya que tal incentivo no puede ser lícito cuando lo da el club al que pertenece el jugador y delictivo cuando lo ofrece un tercero.