La Audiencia ratifica que el alcalde de Zas, Manuel Muíño, no prevaricó

Lorena Rey / X. A. CARBALLO / LA VOZ

ZAS

Ana Garcia

Al no percibir actos de mala fe ni temerarios, el fiscal decidió no presentar acusación y los jueces siguen este criterio

03 jul 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña descartó que el alcalde de Zas, Manuel Muíño Espasandín, incurriese en prevaricación en relación con las contrataciones del servicio de recogida de basura, limpieza en edificios y ayuda a domicilio. El recurrente David Gómez Brandariz, portavoz del PP de Zas, apeló en contra del auto dictado por el Juzgado de numero 1 de Corcubión. Gómez Brandariz consideraba que la acción del regidor iba más allá de una irregularidad administrativa. Sin embargo, en la Audiencia Provincial consideran que no existen datos suficientes que afirmen una posible existencia de prevaricación. El alcalde de Zas hizo sucesivas prórrogas de contratos en el ramo de la limpieza y recogida de basuras, pero, según los magistrados, la llevó a cabo con el fin de evitar perjuicios a los vecinos y por la demora que producía una nueva contratación. De este modo, entienden que la actuación del primer mandatario obedeció a una cuestión de interés general.

Los magistrados de la Audiencia Provincial no consideran que los hechos vayan en contra de la ley ni que se puedan encasillar como actuaciones terminantes o groseras. En su día se había resuelto que la gestión administrativa llevada a cabo por el alcalde contenía cierto grado de disconformidad con la regulación, pero faltaba y falta la nota de gravedad necesaria para que el recurso de apelación del portavoz popular fuese aceptado. Al no percibir actos de mala fe ni temerarios, el fiscal decidió no presentar acusación y los jueces siguen este criterio.