Trece años de prisión y quince de destierro para el vimiancés acusado de asestar cinco cuchilladas a su expareja

Antonio Longueira Vidal
Toni Longueira CARBALLO / LA VOZ

VIMIANZO

CEDIDA

La Audiencia Provincial de A Coruña condena a Javier Miñones Trillo por un delito de asesinato en grado de tentativa

25 nov 2022 . Actualizado a las 18:36 h.

El tribunal de la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a Javier Miñones Trillo a 13 años de prisión, 15 años de destierro —no podrá residir en el mismo municipio que la víctima— y otros 7 de libertad vigilada, acusado de un delito de asesinato en grado de tentativa. Además, tendrá que indemnizar a su expareja como mínimo, con 30.500 euros por las secuelas físicas y psíquicas derivadas de las cinco cuchilladas sufridas en el cuello el 15 de mayo del 2019.

Los jueces consideran acreditado que sobre las nueve y diez de aquella mañana del 15 de mayo del 2019, el acusado «con intención de atentar contra la vida», accedió a la sede de Unións Agrarias, situada en la rúa Álvaro Cunqueiro de Vimianzo, oficinas en las que precisamente trabajaba la que había sido su expareja entre febrero del 2017 y febrero del 2019. Según el tribunal, el acusado, natural de Laxe, residente en Vimianzo y de 43 años de edad, accedió al local con un cuchillo de cocina de 8,5 centímetros de hoja «oculto entre sus ropas». Javier Miñones escogió una hora muy temprana al entender que en ese momento «las oficinas se hallarían con toda probabilidad sin afluencia de gente» y siendo consciente de que solo su expareja se encontraría en el interior de las dependencias. Javier Miñones también portaba una maleta, propiedad de ella, que él mismo se había comprometido a devolver el día anterior, con lo que evitaba que su expareja desconfiara de sus intenciones reales.

Una vez dentro, ambos se encontraron de frente, en el pasillo. Al verlo, ella le pidió que le ayudara a guardar una caja que pesaba mucho. Pero Javier Miñones hizo caso omiso a la petición: «De forma sorpresiva, la empujó con la maleta que portaba para, acto seguido, agarrarla por el cuello y el cabello, consiguiendo arrojarla al suelo y colocarse a horcajadas encima de ella», apunta la sentencia, que añade: «El acusado comenzó a lanzar diversas cuchilladas al cuello, alcanzándola en la zona cervical, a la altura de las vena yugular interna y externa izquierda, logrando en alguna ocasión la mujer parar alguna de las cuchilladas con las manos».

Mientras perpetraba la brutal agresión, una mujer, que escuchó los gritos, acudió rápidamente al aula de formación. Al verse sorprendido, el hombre reaccionó «levantándose momentáneamente y diciéndole que se marchara», lo que permitió a la víctima pedirle a esa mujer que llamase a la Guardia Civil, además de poder zafarse del acusado y escabullirse a gatas hasta el exterior de la sede de Unións Agrarias», donde se desplomó en plena calle.

Según el tribunal, Javier Miñones Trillo abandonó la sede de Unións Agrarias al verse sorprendido, siendo localizado once horas después en el interior de su furgoneta en el vial de acceso a la playa de Os Muíños, en Muxía. Tenía cortes compatibles con un intento de suicidio.

El tribunal tiene claro que el acusado actuó de esta forma tan violenta «al no tolerar que hubiera puesto fin a su común relación en pareja».

La Fiscalía solicitaba para el acusado 14 años de prisión, y las acusaciones particular y popular, ejercidas por Pedro González Boquete y Félix Porto Serantes, respectivamente, pedían 16 años de cárcel para el único encausado. Por su parte, la defensa solicitó la libre absolución de su patrocinado o, alternativamente, un delito de lesiones con atenuante (2 años de prisión) o intento de homicidio «a solo cinco años de prisión», como apuntó en su día el letrado Joaquín Martínez Camacho. El tribunal, por su parte, considera los hechos como constitutivos de asesinato en grado de tentativa, toda vez que «la muerte no se produjo por la rápida asistencia a al víctima que le procuraron» dos agentes de la Guardia Civil del puesto de Vimianzo, cuartel situado a unos 200 metros del lugar de donde se produjo la agresión.

Contra esta resolución se puede interponer, antes de diez días hábiles, recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).