Demanda al Concello de Ponteceso para que la haga indefinida y pierde

La Voz CARBALLO / LA VOZ

PONTECESO

JOSE MANUEL CASAL

La extrabajadora municipal había demandado al Ayuntamiento para exigir el derecho a la condición de indefinida y que le abonase 3.020 euros más un 10?% de intereses de demora por una serie de diferencias salariales devengadas

17 feb 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

El Concello de Ponteceso le ha ganado un pleito a una extrabajadora municipal, que había demandado al Ayuntamiento para exigir el derecho a la condición de indefinida y que le abonase 3.020 euros más un 10 % de intereses de demora por una serie de diferencias salariales devengadas.

La denunciante había prestado sus servicios para el Concello de Ponteceso desde julio del 2004. Lo hizo en virtud de un contrato temporal, con categoría de auxiliar de ayuda a domicilio, y venía percibiendo un sueldo base de 833,98 euros y un complemento de antigüedad de 41,24 euros al mes.

El 1 de julio del 2018 entró en vigor la externalización del servicio de ayuda a domicilio, que recayó en una empresa. La trabajadora, según consta en la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 6 de A Coruña, fue subrogada a la nueva concesionaria y, por tanto, causó baja en el Concello el 30 de junio del 2018.

Sin embargo, la denunciante pretendía que se le reconociera la condición de trabajadora con carácter indefinido en el Concello, que además debería indemnizarla por la diferencia salarial existente entre lo percibido y lo que le correspondería por el Convenio de Ayuda a Domicilio. De forma paralela, amplió la demanda hacia la concesionaria, solicitando la diferencia salarial entre el 1 de julio del 2018, fecha en la que la nueva empresa se hizo cargo del servicio, y el 31 de diciembre.

La magistrada del Juzgado de lo Social número 6 de A Coruña desestimó la demanda contra el Concello. Entiende que la Administración actuó conforme a la ley. A su juicio, el Ayuntamiento carece de «unidad o departamento dedicado a la ayuda a domicilio» por lo que no incurre en ilegalidad alguna y, por tanto, ni tiene por qué abonar los 3.020 euros reclamados ni tampoco hacerla indefinida. Primero, porque el Concello de Ponteceso carece de un convenio propio para el desarrollo de la actividad y, segundo, porque da por finiquitada la relación laboral entre el Ayuntamiento y la trabajadora el 1 de julio del 2018, día en que entró en servicio.

Sí aceptó la instructora parte de la demanda de la empleada contra la empresa y fija un salario para la denunciante de 949,86 euros al mes.