Las bravuconadas del conflictivo vecino de Cereixo le salen por 15.000 euros

Antonio Longueira Vidal
Toni Longueira CARBALLO / LA VOZ

CORCUBIÓN

J. M. CASAL

Protección de Datos lo multa por difamar a todo tipo de autoridades y profesionales

13 jul 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Vecinos, allegados más o menos directos, personal de sucursales bancarias, trabajadores, agentes de la Guardia Civil de los puestos de Vimianzo, Camariñas y Corcubión, el alcalde de Vimianzo, Manuel Antelo, un jueza de Corcubión e, incluso, su madre. Nadie se escapaba a los insultos, amenazas y vejaciones publicadas en las redes sociales por parte de Ángel Souto Bértola, un vecino de Cereixo (Vimianzo), que lleva tiempo difundiendo vídeos a través de portales como Youtube o Google Plus.

Lo venía haciendo de forma totalmente impune, pese a las sucesivas denuncias interpuestas, entre ellas tres por parte de agentes del instituto armado. El denunciado traspasaba de forma impune las líneas rojas que separan el derecho a la libertad de expresión con la intromisión al honor o la divulgación de datos personales. Colgaba en la Red vídeos en los que se adjuntaban datos personales de las personas a las que colocaba en su particular diana a base de improperios, insultos y amenazas. Hasta ahora.

La Agencia Española de Protección de Datos, adscrita al Ministerio del Interior, acaba de dictar una resolución por la que impone a Ángel Souto Bértola una multa de 15.000 euros por hechos tipificados como «graves». En caso de no hacer efectiva la sanción se procederá «a su recaudación en período ejecutivo».

Son varios los hechos por los que fue denunciado este vimiancés. Tres de ellos fueron por parte de la Guardia Civil de Vimianzo y Camariñas. Se remontan al 22 de septiembre y 2 y 20 de diciembre del 2015. Los guardias, hartos de solicitar por las buenas a Ángel Souto Bértola que depusiera esa actitud en la redes sociales, sobre todo, la difusión de vídeos con las imágenes de los agentes en las que se adjuntan datos personales, decidieron recurrir por la vía judicial y administrativa.

Visualización

Con estos datos, los servicios de inspección de la Agencia Española de Protección de Datos visualizó todas las imágenes denunciadas y el 16 de febrero del pasado año, la dirección incoó expediente sancionador contra este vecino de Cereixo. De forma paralela, este procedimiento fue tramitado al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Corcubión, cuya titular decretó el sobreseimiento provisional de la causa «por no quedar debidamente justificado la autoría del delito de calumnias e injurias». Para la instructora del caso, «la colocación de los vídeos en Youtube o en las redes sociales a la actuación de los agentes denunciantes, no constituye por sí solo, un elemento suficiente para que se aprecie infracción penal». Es decir que, para la jueza, no quedó probado que Ángel Souto Bértola fuese la persona que subió estos vídeos a la Red, al no quedar acreditado que la IP (Internet Protocol, algo así como el DNI del ordenador) desde el que se adjuntó las imágenes se corresponda con el denunciado.

Sin embargo, a la vista de este auto judicial, para la Agencia Española de Protección de Datos, amparándose en la normativa de la Unión Europea, «ha quedado acreditado el tratamiento sin consentimiento de los datos personales de los miembros de la Guardia Civil», en los numerosos vídeos visionados por los inspectores de la agencia, que tipifican como grave «tratar datos de carácter personal sin recabar el consentimiento de las personas afectadas», por lo que la agencia estatal entiende que existe «una infracción tipificada como grave» con una multa de 15.000 euros. Expresiones como «pikolo cabrón viene a amenazarme a las 8 de la mañana el día de la Barca» y otros improperios contra agentes de la autoridad representan, según este órgano, motivos suficientes para justificar esta multa, que, en todo caso, no acarrea pena de prisión al tratarse de una sanción meramente administrativa.