Un vicecónsul de Inglaterra que sería alcalde de Corcubión

ALEJANDRO LAMAS COSTA

CORCUBIÓN

Imagen del pazo de Leira, situado en el casco histórico de Corcubión.
Imagen del pazo de Leira, situado en el casco histórico de Corcubión.

Antonio de Leira y Castro llegó a ser factor de tres puertos de la comarca. Sus competencias llegaron hasta Camariñas y Muros

05 ago 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

El puerto de Corcubión acogió un vicecónsul de Inglaterra que más tarde pasaría a ser regidor de la Villa, cargo al que seguiría el de factor de toda la Costa da Morte, llegando sus competencias a los municipios de Camariñas y Muros. Los documentos más antiguos, de 1658, hablan de la existencia de la casa señorial de Correáns en Santa Cristina de Vinceiro, feligresía de Tabeiro, municipio de A Estrada. Uno de los nobles hidalgos de este señorío pasó a residir en Muxía hacía el 1712. Más adelante, otro descendiente, José de Leira, se casó con Ignacia de Dios y Castro y su hijo Antonio se avecindó en la villa corcubionesa.

Los datos recopilados confirman que los antepasados de la familia Leira fueron de nobleza hidalga. Entre los años 1773 y 1787, Antonio de Leira y Castro destacó como un importante hombre de negocios, motivo por el que fue distinguido con importantes cargos. En primer lugar fue nombrado vicecónsul de Inglaterra en el puerto de Corcubión, después pasó a ser regidor de la Villa y, más tarde, Factor con competencias hasta la villa y puerto de Muros y Camariñas.

Los británicos eligieron a este noble hidalgo para ejercer de vicecónsul con carácter interino hasta que fuera aceptado por el rey de España Carlos III. La designación fue propuesta por Jacobo Banks, que era el cónsul de su Majestad Británica en el reino de Galicia y principado de Asturias.

El documento firmado por este hace constar que Antonio de Leira podía, en su ausencia «libremente y, como hasta aquí se ha practicado usar y ejercer este empleo, usando de todas aquellas facultades que, en semejante caso, le competan u estén concedidas, según privilegios que goza la nación Británica y las ocasiones que se puedan ofrecer y amparar y proteger todos sus individuos, participándome de todo cuanto ocurra en los asuntos relativos al servicio de mi soberano y nación».

Condiciones

La aprobación de Carlos III tardó en llegar unos dos años y admitía el nombramiento para el puerto de Corcubión y sus dependencias, aunque establecía condiciones: «No ha de poder ejercer acto alguno de jurisdicción, permitiéndole solo la interposición de su arbitrio en las controversias que se ofrecieran entre mercaderes y maestres de navío o entre maestres y marineros, súbditos de su Majestad Británica».

Por otra parte, el rey apuntaba que el vicecónsul, por ser español, «no conviene al buen orden público que goce enteramente de fuero, prerrogativas y libertades de que están en posesión los cónsules y vicecónsules cuando son extranjeros transeúntes y súbditos de las potencias a quien sirven» por lo que estas se reducirían a las exclusivamente inglesas. Asimismo advertía que en el cuadro de competencias no podrán mezclarse «las jurídicas ordinarias; pero, estará sujeto a ellos en todas las causas y negocios, así como criminales, respectivos a personas y bienes, sin que tampoco se exima de las cargas reales y municipales a que está obligado como súbdito mío».

El documento real concluía haciendo constar que «en cuya conformidad y no otra quiero que se admita al uso y ejercicio del empleo de vicecónsul y que le dejen llevar y percibir los derechos y emolumentos que le correspondan, que así es mi voluntad». Unos meses más tarde, el gobernador general del Reino de Galicia enviaba la real cédula al cónsul general británico, que la ratificaba en todos en términos y condiciones.

Importancia estratégica

Es muy significativo que en un puerto como el de Corcubión y sus inmediaciones hubiese representación diplomática inglesa. El hecho confirma la importancia estratégica, militar y mercantil que tenía la villa, pues era frecuentada por navíos españoles y extranjeros, sobre todo británicos, que mantenían una función comercial muy importante.

Retraso por tensión política

La aprobación del rey español a la designación de vicecónsul inglés sufrió un retraso de dos años. Se supone que ello fue debido a la tensión política que poco antes se había vivido entre Inglaterra y España.

En aquel tiempo, a pesar de haberse firmado la Paz de París -año 1768- la situación internacional era preocupante para Carlos III, sobre todo cuando los ingleses obstaculizaron la navegación comercial de España con sus colonias americanas y además ocuparon una de las islas Malvinas (en 1765 fundaron Port Egmont) y se apoderaron de parte del territorio español, que no abandonaron hasta 1774, después de luchar contra las expediciones armadas que partían rumbo al archipiélago.

A pesar de las diferencias, los reinos británico y español, mantenían a sus representantes diplomáticos (embajadores, cónsules y vicecónsules) con la finalidad de resolver sus problemas civiles, criminales, negocios y otras cuestiones que pudieran afectar a sus súbditos, mercaderes, navegantes y ciudadanos en general.

Antonio de Leira y Castro se mantuvo en el cargo de vicecónsul interino de Inglaterra desde agosto de 1773 hasta septiembre de 1775, según la documentación que obraba en la familia de Muxía.

Probablemente cesó cuando se rompieron las relaciones anglo-españolas por causas bélicas. Fue en el año 1776, a raíz de que España se aliara con Francia apoyando la sublevación de los colonos ingleses de Norteamérica.

Se supone que Antonio de Leira y Castro adoptó una postura patriótica y decidió servir fielmente a su país, postura que le valió para que en el año 1777 fuera distinguido como Regidor de la villa de Corcubión. A partir de esa fecha, dejaba de ostentar el cargo de representante de la corona inglesa en el municipio y sus inmediaciones.

La documentación alusiva a este singular personaje apunta que detentó el oficio de regidor durante unos veinte años, es decir, desde 1777 hasta 1797, pasando seguidamente, a desempeñar el cargo de Factor del mismo puerto y de los vecinos de Muros y Camariñas. Esta distinción la habilitaba para aprovisionar de víveres al ejército y aunque tenía carácter honorífico, que quedaba libre de pagar impuestos, alojamientos y otras cargas públicas.