El TSXG frena el derribo de una planta de un edificio de la avenida de Fisterra de Cee

Antonio Longueira Vidal
T. Longueira CARBALLO / LA VOZ

CEE

Capturada de la red

El alto tribunal gallego ha anulado las sentencias anteriores alegando que algunos de los interesados en el procedimiento no fueron avisados en plazo y forma

07 abr 2021 . Actualizado a las 18:34 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anuló las sentencias que obligaban a derribar una planta del edificio de Cee, situado en el número 226 de la avenida de Fisterra, y ha ordenado que las actuaciones vuelvan a comenzar en el momento en que debieron haber sido emplazados por el Concello todos los interesados en el proceso judicial, ya que muchos no fueron avisados.

El tribunal ha estimado el incidente de nulidad promovido por uno de los perjudicados. Los magistrados explican en el auto que han apreciado «la existencia de afectados por la tramitación del procedimiento judicial que no fueron emplazados por el Concello de Cee, a pesar de tener conocimiento de la existencia de más interesados, como propietarios de las viviendas». Y añadieron: «No cabe discutir el interés de la persona que promueve el incidente de nulidad, de forma que se vería afectada por la ejecución de la sentencia. Lo relevante es la posible indefensión que se le derivaría al no haber podido hacer uso de su posibilidad de intervención». Por ello, se anulan las sentencias dictadas en primera y segunda instancia y se ordena que las actuaciones regresen «al estado inmediatamente anterior» al momento en el que debieron ser emplazados los afectados para que, de esta forma, continúe el procedimiento legalmente establecido.