La verbena judicial de la Orquesta toca sus últimas piezas

Juan Ventura Lado Alvela
j. v. lado CEE / LA VOZ

CEE

MATALOBOS

La confesión de delito que le atribuía la Fiscalía al exconcejal de Cee Juan Bautista Areas Lestón nunca llegó a producirse

13 jul 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

La Audiencia Provincial de A Coruña acaba de desenchufar el generador y la música de la operación Orquesta, lo que se suponía la mayor trama de corrupción política de la Costa da Morte, ha dejado de sonar. Solo el Tribunal Supremo, siempre y cuando la Fiscalía insista con una partitura que más que desafinada en el juicio, tiene opciones de que vuelvan a resonar los tambores, pero a día de hoy -se sabrá en menos de una semana- resulta poco probable.

¿Por qué no vale ninguna de las supuestas pruebas contra los acusados?

Porque la investigación de la Unidad de Delitos Económicos y Financieros (UDEF) de la Policía Nacional, dirigida en primera instancia por el entonces juez de instrucción de Corcubión, Andrés Lago Louro, estaba completamente basada en unas escuchas telefónicas que se han declarado ilegales. A partir de ahí, por lo que se conoce como principio de antijuridicidad, o también prohibición de valoración, ya que existe una relación directa entre unas pruebas y otras, todas son inválidas. Por explicarlo en términos más sencillos, los agentes registraron domicilios, despachos e incluso vehículos de los investigados, en base a los indicios de los pinchazos telefónicos. Por lo tanto, ningún documento de los ahí conseguidos vale como prueba, como tampoco se pueden utilizar las declaraciones de testigos propuestas a partir de esas intervenciones de las comunicaciones.

¿Qué invalida las escuchas?

Están invalidadas doblemente. Las escuchas se autorizan en base a otra intervención que ya estaba en marcha por un asunto de drogas, concretamente la causa 536/2009, en la que se encontraba pinchado el teléfono del agente de orquestas Jorge López Lago. Por tanto, la Fiscalía, en el momento del juicio, debía incorporar a la causa de la Orquesta, el auto en el que por primera vez se autorizaron aquellas escuchas, y no lo hizo. Aunque sí lo incluyese, no habría servido de nada, porque el juez instructor, a la hora de ampliar la intervención de comunicaciones de López Lago, lo hizo en el procedimiento 536/2009, que no tenía nada que ver, en lugar de en el de Orquesta. Argumentó que, por razones operativas, no tenía sentido pinchar un teléfono que ya estaba pinchado, más cuando la unidad policial al cargo era la misma. Sin embargo, a los magistrados esa explicación no les vale porque «cada intervención debe ser acordada por el Juzgado de Instrucción correspondiente.

¿Por qué ha quedado también absuelto el exconcejal Juan Areas?

El exconcejal de Cee Juan Bautista Areas Lestón, mano derecha durante años del principal investigado, el exalcalde Ramón Vigo, era el único contra el que existía un supuesto camino de condena al margen de las escuchas, su propia confesión. Admitió en su día, al ser interrogado, que había recibido «12.000 euros en efectivo en un sobre que le fue entregado por Daniel Ogando de la Sierra». La tesis de la acusación es que este dinero procedía de un presunto cohecho relacionado con la adjudicación a la empresa de los Ogando de las obras del campo de fútbol de Cee y que, por tanto, Areas estaría reconociendo la comisión de un delito. Los magistrados, tal como argumentaba el abogado defensor de Areas, Felipe Mayán, entienden que nada de eso ha quedado demostrado. El exedil aseguró que el dinero en cuestión era un préstamo personal de Daniel Ogando padre, que no se documentó por la relación de amistad existente entre ambos. Iba a devolvérselo, pero en enero de 2010 le ardió una casa de madera en Ruibo y Ogando padre le dijo que «cuando le hiciera falta ya se lo diría», por lo que no llegó a reintegrárselo. Es más, el tribunal entiende que aunque existiese esa confesión, tal como alegaba la Fiscalía, iba a tener escaso valor, ya que los acusados tienen a organizar sus defensas en base a los datos de la causa que conocen. Y en ese momento, Areas no podía saber que las escuchas eran inválidas, lo que habría condicionado de manera sustancial la declaración realizada.