Propietarios de la Costa da Morte aún sufren coletazos de los años del ladrillo

Juan Ventura Lado Alvela
j. v. lado CEE / LA VOZ

CEE

ALVELA

Condenan a año y medio de cárcel al responsable de Galivivienda XXI de Cee

10 jul 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Los pufos del ladrillo, por hablar en términos muy coloquiales, todavía siguen acarreando consecuencias a vecinos, propietarios, Administraciones públicas y, en general, a toda la sociedad de la Costa da Morte. Los rescoldos de aquellos años de desmanes se notan en seguridad ciudadana, como ejemplifica el caso de Riotorto en Carballo; en abuso del entorno natural: Quenxe en Corcubión, o en cargas muy difíciles de gestionar para los concellos, como la Anchoa de Fisterra. Sin embargo, lo más común son las consecuencias sordas, que las sufren los particulares dueños de viviendas en promociones a medio acabar o en la que los bancos o las compañías propietarias de buena parte de los pisos se desentienden de sus obligaciones.

Es el caso de la denominada como cooperativa Galivivienda XXI, que irrumpió hace unos años en la zona para hacerse cargo de un proyecto ya de por sí polémico y empantanado en el corazón urbano de Cee. Se trata de una promoción de más de un centenar de viviendas, muchas de ellas aún sin vender y en las que, por poner un ejemplo, la comunidad sufre una deuda de más de 60.000 euros. En el 2017 entró en quiebra y ahora de vender los pisos se encarga un administrador concursal, con lo que nada tienen que ver ya con los anteriores gestores, uno de los cuáles acaba de ser condenado a año y medio de cárcel. El Juzgado de lo Penal Número 10 de Madrid, ha declarado culpables de un delito de alzamiento de bienes a Iván Blanco Fernández (Galivivienda) y a Rafael de los Reyes Román Medina (Gesvieco) por la transmisión del primero al segundo de 11 plazas de garaje de Galivivienda «como dación en pago de una deuda no justificada».

En términos muy resumidos, tal como señala la sentencia Blanco habría transmitido estos bienes ubicados en Madrid a De los Reyes para evadir el pago de una deuda de 235.695 euros con la empresa HCP Arquitectos por una promoción de Córdoba.

Los acusados, que según la jueza actuaron de común acuerdo y conscientes del objetivo fraudulento de la transacción, alegaron que las firmas son independientes y que, en el caso de las cooperativas, los bienes de una promoción no pueden hacer frente a las deudas de otro. En el caso de Galivivienda la deuda reconocida con la SAREB a 24 de septiembre del 2013 era de 13.337.598 euros.

Sin embargo, la magistrada señala que, con estas explicaciones, «llama poderosamente la atención [...] que se pretenda pagar a los acreedores querellantes, cuya deuda procede de una promoción de Córdoba, con viviendas construidas en una promoción en Cee». Además también discute que se puedan aplicar a este supuesto algunos de los preceptos de la ley de cooperativas. «No parece que en el caso de Galivivienda XXI hubiera socios cooperativistas, que la construcción se hubiera hecho en interés de los mismos [...] pues no había tales integrantes de la sociedad, cuando parece que así debiera haber sido», sentencia.