Cinco años de prisión para un carballés acusado de plantar fuego a una casa con su morador dentro

Antonio Longueira Vidal
Toni Longueira CARBALLO / LA VOZ

CARBALLO MUNICIPIO

Toni Longueira

Hubo acuerdo de conformidad entre Fiscalía, acusación particular y defensa en la Audiencia Provincial de A Coruña

11 may 2021 . Actualizado a las 12:20 h.

El tribunal de la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado —de conformidad entre Fiscalía, acusación particular y defensa— al carballés Ramón Lamas Rodríguez a 5 años de prisión —estuvo ingresado un mes de forma preventiva por estos hechos— por delitos de incendio y homicidio en grado de tentativa, así como otros 8 años de orden de alejamiento de 500 metros de su vecino, y a la vez víctima, José. C.R., al que además tendrá que indemnizar con casi 14.000 euros por secuelas físicas, daños morales y atención sanitaria.

La defensa, ejercida por la abogada Eva Acuña Vecino, solicitó en la propia sala la suspensión de ejecución de condena a la espera de que un médico forense evalúe la salud física y psiquiátrica de su patrocinado, una petición a la que no se opusieron ni Fiscalía ni acusación particular. La sentencia es definitiva y contra este fallo no cabe interponer recurso alguno.

La Fiscalía solicitaba en un principio 16 años de prisión y otros 17 de orden de alejamiento (500 metros) para este vecino de Carballo, acusado de intento de homicidio, por un incendio en una vivienda con su morador dentro. Según el Ministerio Público, el procesado se acercó a la casa de un vecino, situada en Ramil, en la parroquia de Rus. Un inmueble ubicado justo enfrente del acusado y separados ambos por una carretera.

Todo apunta a que estos hombres mantenían una mala relación desde hacía tiempo. En la madrugada del 18 de mayo del 2017, según la versión de la Fiscalía, el acusado aprovechó que el vecino se encontraba dentro de la vivienda para prender fuego a un montón de leña que había apilada y tapada con un plástico frente a la fachada, «sabiendo así el procesado que el fuego alcanzaría la casa de su vecino y aceptando con ello el procesado la posibilidad de que las llamas alcanzaran a la víctima y que con ello se le causara la muerte».

Dado que la madera estaba seca y que el plástico que la cubría favorecería la combustión, el fuego se propagó rápidamente por la fachada y las llamas alcanzaron una gran altura «afectando principalmente a la fachada del inmueble, incluyendo su puerta de entrada y salida y su ventana». En el entorno existen otras viviendas, algunas deshabitadas, pero otras no, por lo que el fuego «supuso un riesgo para la integridad física de terceros».

Algunos residentes observaron el resplandor de las llamas y pudieron llamar a los servicios de emergencias. También trataron de avisar al afectado, «aunque dada la magnitud de las llamas ya no fue posible acceder al interior de la casa». No obstante, la víctima, que en ese momento se encontraba durmiendo, alertado por los ruidos del exterior, se despertó y al observar su vivienda ardiendo huyó por la puerta, que estaba muy caliente por la acción del fuego y que además estaba rodeada por las llamas. En la huida sufrió quemaduras en ambos antebrazos, pero pudo salvar su vida.

El afectado sufrió quemaduras de segundo grado, de las que curó en 21 días, pero que le dejaron tres cicatrices. Los gastos originados para la extinción del incendio han sido cuantificados por el Consorcio Provincial Contraincendios e Salvamento da Coruña en 532 euros. Finalmente, las partes implicadas llegaron a un acuerdo de conformidad antes de arrancar la vista oral.