Condenado a 16 años de prisión por asestar 57 puñaladas a un amigo en una discusión por drogas en Carballo

Antonio Longueira Vidal
Toni Longueira CARBALLO / LA VOZ

CARBALLO MUNICIPIO

CESAR QUIAN

Los hechos jugados en la Audiencia Provincial sucedieron en la tarde del 8 de diciembre del 2017

23 ene 2019 . Actualizado a las 20:15 h.

La Audiencia Provincial de A Coruña, sección primera, de acuerdo con el veredicto del jurado, condenó a 16 años de cárcel a Juan Bautista Rama Vázquez, de 46 años y vecino de Carballo, por un delito de asesinato concurriendo la circunstancia de ensañamiento y otro de tenencia ilícita de armas. Estaba acusado de matar el 8 de diciembre de 2017 en la rúa dos Abetos de Bértoa (Carballo) a Óscar Manuel Mato Villar, de 43 años y residente en Malpica, asestándole 57 cuchilladas.

El fallo considera acreditado que ambos habían acudido tres días antes a comprar droga a Ferrol. Condenado y víctima eran amigos y toxicómanos. En la tarde del 8 de diciembre del 2017 quedaron en el bar Madrid, donde permanecieron poco tiempo. Al abandonar el local, se subieron al coche de la víctima, un Citroën C-2. Durante el viaje, tuvieron una disputa, por lo que el conductor detuvo el turismo en el lateral de la carretera, en la avenida dos Abetos de Bértoa.

Después de forcejear, se bajaron del coche y el acusado, que también portaba una pistola detonadora modificada para disparar balas, esgrimió un cuchillo de cocina de 19 centímetros de hoja que llevaba entre sus ropas. La víctima intentó escapar, pero no pudo evitar los continuos acometimientos del imputado. «De forma deliberada y para aumentar su sufrimiento, le causó heridas múltiples que prolongaron su agonía y dolor durante un periodo de tiempo no determinado», destaca la sentencia.

La defensa solicitó la aplicación de la eximente de toxicomanía, pero el tribunal del jurado, tal y como indica el fallo, entendió que cuando cometió los hechos no tenía sus facultades alteradas. «Sabemos que era toxicómano y que el día de los hechos había consumido drogas, sin embargo, no concurren datos que permitan atenuar su responsabilidad criminal», indica la Audiencia.