Un trabajador de Carballo recibe 200.000 euros por las lesiones de un accidente sufrido hace 10 años

La Voz CEE / LA VOZ

CARBALLO MUNICIPIO

El albañil trabajaba en Fene en el 2007

14 ene 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Un trabajador de Carballo, que tenía 49 años en el 2007 cuando sufrió el accidente que le produjo una incapacidad laboral permanente, ha conseguido ahora, después de un largo periplo judicial, que le sean reconocidos sus derechos a percibir diferentes indemnizaciones, que suman más de 200.000 euros.

El operario, oficial de albañil, se encontraba trabajando en una finca de Fene, en Ferrolterra, el 2 de marzo del citado 2007, merced a una serie de acuerdos entre distintas empresas, desde la encargada principal de la obra hasta la pequeña subcontrata de la que dependía. Cuando trataba de bajar desde un planta superior a la siguiente inferior se le enganchó el pantalón en los alambres de una escalera que no cumplía con las medidas de seguridad, por lo que sufrió una caída de 2,5 metros de altura que le produjo lesiones graves.

Una escalera no autorizada

De la mano de Cipriano Castreje, el abogado que le ha llevado el asunto en todo momento, fue interponiendo diferentes reclamaciones de tipo administrativo, laboral e incluso penal, que ahora quedan sustanciadas en lo fundamental con una sentencia firme de la sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que viene a reafirmar los argumentos del tribunal de instancia y del letrado, frente a los recursos interpuestos por la empresa.

Existen numerosos condicionantes técnicos, respecto al momento en el que se ejercieron las acciones judiciales y como estas han determinado que una parte del asunto no quedase prescrito en cinco años, como reclamaba la compañía, aunque lo fundamental obedece a las condiciones en las que se produjo el accidente. El Juzgado de lo Social de Ferrol y ahora el TSXG determinan que hubo «incumplimiento del deber de protección de la empresa, al permitir la ejecución de un trabajo sin haber tomado las medidas adecuadas para evitar la utilización por sus trabajadores de un equipo de trabajo que no reunía las condiciones de seguridad suficientes frente al riesgo de caída en altura». Básicamente porque se trataba de una escalera artesanal de madera, no homologada para la realización de estas tareas.

«El ejercicio de la acción para el recargo de prestaciones prescribe a los cinco años, el ejercicio de acción civil de daños y perjuicios que incluye también la acción judicial contra un ‘presunto culpable’, criminal o civilmente, indicando que la prescripción quedará en suspenso mientras aquélla se tramite, volviendo a contarse el plazo desde la fecha en que se notifique el auto de sobreseimiento o desde que la sentencia adquiera firmeza», detalla Castreje, para explicar porque a su cliente sí le corresponde esa indemnización con un recargo de un 30 % en las prestaciones de la Seguridad Social, que suman unos 110.000 euros, y que se unen a las otras compensaciones ya logradas anteriormente, como el cobro del seguro o el reconocimiento de la incapacidad laboral.