El Supremo ratifica 5 años de prisión a un hombre por estafar a un matrimonio

Antonio Longueira Vidal
T. Longueira CARBALLO / LA VOZ

CARBALLO MUNICIPIO

Los hechos sucedieron en el 2007, cuando el acusado entabló conoció a la pareja

12 ene 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

Después de dos sobreseimientos, un recurso de reposición, otro de apelación ante la Audiencia Provincial y un reinicio de la causa, un matrimonio de Carballo consiguió, en primera instancia, que la Audiencia Provincial condenara a un individuo a cinco años de prisión por un delito de estafa continuada. Ahora ha sido el Tribunal Supremo el que ha ratificado la pena, al rechazar el recurso de casación presentado por el abogado del acusado.

La acusación particular, representada por el abogado Gautier de la Serna Lema, del despacho carballés De la Serna & Calviño, lo tuvo claro desde el primer momento: Abel Rodríguez Carabel, nacido en 1949 en Ponteceso y residente en Carballo, empleó «el engaño» para que la pareja le transfiriera la propiedad de una vivienda, una finca con casa, el dinero de la cuenta corriente, un plan de pensiones y una indemnización por accidente, todo ello valorado en 189.135,81 euros.

Según recoge el fallo del Supremo, los hechos sucedieron en el 2007, cuando el acusado conoció al matrimonio, con el que empezó a entablar amistad. Al poco de conocerse, el condenado se interesó por el alquiler de una casa con finca firmando un contrato de arrendamiento de 100 euros al mes. Para el tribunal, el acusado, aprovechándose además de que tanto el hombre como la mujer sufren un «retraso mental leve», empezó a maquinar la forma de quedarse con el patrimonio. Intimó con el matrimonio y se ganó su confianza. Lo primero que hizo fue poner a los denunciantes contra su hija. El matrimonio cayó en la trampa, y tras visitar a dos notarios, un tercero, con despacho en Arteixo y desconocedor de la trama, firmaron con el estafador un contrato que resultó ser una escritura de manifestación parcial de herencia de gananciales y el contrato vitalicio a favor del procesado, por el que este adquiere la nuda propiedad de la vivienda y la finca, incorporando ambos bienes posteriormente al Registro de la Propiedad de Carballo.