Ratifican la orden de derribo de una decena depósitos de agua en Cabana

Antonio Longueira Vidal
T. Longueira CARBALLO / LA VOZ

CABANA DE BERGANTIÑOS

Los recipientes, según el fallo, no respetan la distancia mínima de cinco metros de linderos

18 nov 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Habrá que derribar una decena de depósitos de agua en el lugar de Ameixenda, en la parroquia cabanesa de Nantón. Así lo ratificó la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). El tribunal confirma así la resolución judicial dictada en primera instancia, avala la decisión del Concello cabanés, que decretó en un primer momento la demolición de los depósitos por no ser legalizables desde el punto de vista urbanístico y tumba el recurso de apelación del colectivo vecinal, que reclamaba la legalidad de los mismos.

Integrantes de la asociación de vecinos Costa da Ameixenda solicitaron en su día licencia municipal para realizar unas obras de rehabilitación de unos depósitos de agua de la traída, de titularidad vecinal, según apuntaron ayer fuentes municipales. Sin embargo, el proyecto finalmente acometido no se ajustó a lo solicitado y un vecino denunció los hechos. El Concello decidió entonces abrir una investigación y determinó, mediante resolución firmada por el alcalde, José Muíño, en febrero del 2014 que estas obras eran ilegales. El motivo, no se ajustaban al ordenamiento urbanístico cabanés y, en particular, por no guardar la correspondiente distancia de cinco metros a linderos (estaban a tres en el mejor de los casos).

El Ayuntamiento, avalado por el informe de los técnicos, decretó la demolición en torno a la mitad de los depósitos de agua (20 en total). Además el Concello fijó en aquella resolución la imposición de multas de entre 1.000 y 10.000 euros, reiterables en el tiempo si persistía la ilegalidad.

Los vecinos de la asociación Costa da Ameixenda decidieron recurrir por vía judicial a través del Contencioso-Administrativo. El juez que llevó el caso desestimó la reclamación de los afectados, que apelaron en primera instancia. Posteriormente presentaron un recurso ante la Sala da lo Contencioso-Administrativo del TSXG, que ahora les acaba de tumbar la apelación.

El tribunal avala con su dictamen los previamente publicados por el responsable del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de A Coruña y el Concello al entender que se tratan de unas obras ilegalizables al no guardar la correspondiente distancia de cinco metros a linderos. En todo caso, a los vecinos de la asociación de Ameixenda les queda un penúltimo cartucho: un recurso de casación ante la misma sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo.