Sigue el rechazo judicial a los recursos por las expropiaciones de la autovía

Santiago Garrido Rial
s. g. rial CARBALLO / LA VOZ

CARBALLO

Ana Garcia

El TSXG mantiene las cifras aprobadas por el jurado de expropiación en prácticamente todas las sentencias que han emitido en los últimos dos años

04 feb 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

Los recursos presentados por los particulares contra los precios fijados por el Xurado de Expropiación de Galicia (XEG) por las fincas ocupadas para la construcción de la autovía da Costa da Morte no tienen mucho éxito. Más bien, ninguno, o casi, porque de los 16 pleitos conocidos hasta el momento, cuando se hacen públicas las sentencias (y seguramente habrá muchos más), solo uno fue estimado en parte. Además, la gran mayoría afectan a parcelas de Zas y, en menor medida, Cabana. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) hace suyas las tesis del XEG, con pocas opciones para los recurrentes.

A todos los casos que se han ido conociendo en los últimos meses, estos días se han sumado dos más de diversa cuantía, ambos en terrenos de Zas. En el de mayor montante, el titular del terreno pedía 61.314 euros por su finca. La autovía (a través de la Xunta) le ofrecía 34.385 euros, y finalmente el Xurado de Expropiación le concedió 36.869 euros, que es la cantidad que se va a embolsar.

Más que entrar en el fondo del asunto (generalmente, los argumentos son coincidentes en las sentencias), que también lo hace, pero sin muchas honduras, los jueces citan en su resolución abundante normativa y jurisprudencia. Coinciden en que, para variar la cantidad que se asigna «no es suficiente un dictamen pericial, ni de parte, ni judicial, que diga cuál es el precio justo del bien expropiado, sino que ha de tener la suficiente fuerza para destruir la tesis del acuerdo del XEG, por una errónea valoración». Vale para este acuerdo y para todos: «Lo que se juzga es un acuerdo definitivo en vía administrativa con una presunción de veracidad que es necesario destruir, no unos bienes a los que ha de fijarse una tasación».

En el caso concreto de esta sentencia, «el XEG tuvo presente la situación de la finca, localización y accesibilidad. Pero también recuerda alguno de los datos manejados: el perito judicial valoró el suelo a 0,82 euros el metro cuadrado, inferior a los 1,59 del XEG. La pericia judicial, en cambio, cree que la indemnización del resto de la finca debe ser del 55 %, y el XEG, en un 25,8 % (precios diferentes en cada porcentaje). El arbolado, a base de eucaliptos, se tasaba en 0,60 euros el metro cuadrado por parte de la promotora de la autovía. El Xurado optó por concederle 1,62 euros el metro, y el titular del terreno pedía 1,8 euros el metro cuadrado. En todo caso, el recurso se desestima. No es firme, cabe casación, pero por estas cuantías no se suele probar esa vía.

Otro fallo

Menores aún son las de otra sentencia reciente, casi coetánea, y también en Zas: el justiprecio final es de 5.747 euros, frente a los 4.848 que le daba la promotora, y los 6.356 que pedía el titular. Al final, justo entre uno y otro.

Los recursos que llegan, con escaso éxito, al TSXG (y porque antes no hubo aceptación del precio del Xurado, a donde sí llegan bastantes más reclamaciones), son llamativos, aunque mínimos en número si se tiene en cuenta que la gran obra requirió de la compra de 2.289 fincas en todo el trayecto, desde Carballo hasta Vimianzo, tarea en la que la Xunta empleó unos cinco millones de euros.