El TSXG mantiene la anulación del contrato a Eulen para la limpieza de playas del municipio de Carballo

La Voz CARBALLO / LA VOZ

CARBALLO

JOSE MANUEL CASAL

La adjudicación se realizó en 2016, para que se encargaran del servicio de limpieza de playas durante cuatro años y por casi 600.000 euros en total

28 feb 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso que la empresa Eulen presentó contra una resolución del Tribunal Administrativo Central del Recursos Contractuales (TACRC) que anulaba la adjudicación que el Concello de Carballo había realizado a la empresa Eulen. Lo había hecho en agosto del 2016, para que se encargara del servicio de limpieza de playas durante cuatro años, por casi 600.000 euros en total, y con posibilidad de prórroga por dos años más.

Aquella anulación vino provocada a su vez porque la empresa Acciona, una de las firmas que optaba a ese concurso, solicitó la suspensión del procedimiento de adjudicación. El propio alcalde ya decidió suspender el proceso a la espera de que el TACRC decidiera, y lo hizo tal y como pedía Acciona, alegando un déficit de motivación que afecta a toda la evaluación técnica».

Así que desde entonces el servicio se mantiene con normalidad para el usuario, y lo presta Eulen en virtud de una prórroga, pero curiosamente porque mantiene el servicio anterior, no porque tenga el nuevo. La edila de Contratación, Milagros Lantes, señaló ayer (la sentencia llegó hace varios días) que habrá que sacar un nuevo pliego, pero es complicado que esté listo para este verano. En todo caso, los operarios de Eulen mantendrán las tareas de limpieza normalmente, muy diferenciadas en intensidad en invierno y en verano.

La sentencia es muy larga, y desmenuza pormenorizadamente todas las cuestiones recurridas. Señala, entre otros muchos aspectos, que «la mesa de contratación no puede limitarse a reproducir literal y acríticamente el informe que haya sido emitido por ese asesoramiento externo que haya recabado, pues, si lo asume, habrá de expresar sus propias razones de por qué lo asume, y si en el expediente alguno de los interesados ha formulado reparos al contenido de ese informe externo, la mesa habrá de consignar su concreta posición o respuesta a tales reparos», señalan los magistrados del el TSXG en la sentencia.