Multa de 300 euros y de 601 a 12.000 por sanción grave

La Voz CARBALLO / LA VOZ

CARBALLO

23 sep 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

«Las multas que a nosotros nos han llegado son de 300 euros», apuntó un hostelero que prefiere mantenerse en el anonimato. Y es que la normativa municipal indica que la sanción administrativa asciende, por lo general, a 300 euros. Si la incidencia tiene la tipificación de grave, la cuantía oscila entre los 601 y los 12.000 euros.

La normativa legal vigente, fijada por la Xunta de Galicia en el año 2005, establece los horarios de apertura y cierre de espectáculos públicos. Según la normativa, los pubs, salvo los denominados cafés-concierto, pueden permanecer abiertos hasta las cuatro de la madrugada A partir de esa hora límite, el personal no podrá permitir el acceso a ningún cliente, no servirá consumición alguna y los equipos de música tendrán que dejar de funcionar. Además, los negocios deberán quedar vacíos de público en un plazo máximo de 30 minutos. Algunos estiran el reloj a la hora de cerrar aun a sabiendas de que pueden ser apercibidos de multa.