El Tribunal Superior confirma la orden de la APLU de reponer la legalidad en tres viviendas de Canduas

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PANORAMIO ULISES

El proceso judicial se arrastra desde hace más de diez años

19 sep 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso que la Sociedad Pedra Estalada interpuso contra la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU), de 10 de febrero de 2016, que a su vez confirmaba la de cuatro años antes, en la que se ordenaba «reponer a su estado originario» el terreno en el que se construyeron tres viviendas unifamiliares, dentro de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre. En concreto, en la zona denominada Seixido, en la parroquia de Canduas, Cabana.

Más en concreto, los jueces explican que se trata de «una orden de demolición en que se parte de actos anteriores firmes, en relación con tres licencias municipales» otorgadas a otras tantas viviendas. La sentencia, en todo caso, es recurrible ante el Tribunal Supremo.

El asunto ya arrastraba mucha complejidad, al haberse tratado sobre aspectos relacionados con estas obras en otras resoluciones de hace algo más de diez años. Y, sobre todo, porque las viviendas tienen licencia municipal atendiendo a los requisitos del Plan Xeral de Ordenación Municipal, como señalaron ayer fuentes municipales. Se levantaron en suelo urbano consolidado en terrenos exteriores a la servidumbre de Costas. Pero desde la APLU no lo consideran así, y es la ocupación de una parte del dominio público marítimo-terrestre lo que finalmente ha marcado la resolución administrativa, ahora confirmada.