Tres años de cárcel para un hombre que fue interceptado con 40 gramos de cocaína en el muelle de Ribeira

RIBEIRA

En una imagen de archivo, los juzgados de Santiago, en los que se encuentra la sede de la sección sexta de la Audiencia Provincial
En una imagen de archivo, los juzgados de Santiago, en los que se encuentra la sede de la sección sexta de la Audiencia Provincial PACO RODRÍGUEZ

Aunque portaba también otros 19 gramos de heroína, el tribunal ha tenido en cuenta el atenuante de drogadicción, ya que era consumidor habitual desde hacía años

02 ago 2022 . Actualizado a las 12:47 h.

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, ha condenado a tres años de cárcel y al pago de una multa de 5.603 a un hombre que fue interceptado por la Guardia Civil, en septiembre del 2019 en el muelle de Ribeira, cuando estaba en su vehículo y portaba dos envoltorios de cocaína y heroína. De la primera sustancia llevaba 40 gramos; y de la segunda, 19. Es por ello que el tribunal ha considerado acreditado que ambas sustancias estaban destinadas a la venta a terceros y que su valor de mercado ascendía a 5.630 euros. 

A la hora de dictar la pena, la Audiencia Provincial ha tenido en cuenta el atenuante de drogadicción, ya que el acusado es consumidor habitual desde hace años de cocaína, heroína y alcohol. «La dependencia a esas sustancias limitaba sus facultades volitivas», señalan los jueces en la sentencia.

Los magistrados destacan que la droga aprehendida «excede con creces del acopio medio de un consumidor durante cinco días», así como que la capacidad económica del acusado «no justifica la adquisición de esa cantidad de droga para su consumo». El hombre afirmó que esa cantidad de estupefacientes la compró porque iba a embarcar dos días después durante varios meses y que era para «atender sus necesidades durante ese tiempo y evitar el síndrome de abstinencia». 

El tribunal recalcó que dicha alegación no ha sido probada, ya que no aportó el contrato con la naviera «ni otra prueba que permita acreditar que estaba enrolado o iba a estarlo en ese breve plazo». También añaden que no consta que haya sufrido en alguna ocasión síndrome de abstinencia. Sobre la sentencia todavía cabe interponer recurso de apelación.