El acusado fue incapacitado por sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Ribeira, con fecha 26 de marzo del 2007. Se determinó que padece un «trastorno generalizado del desarrollo de la personalidad y un déficit intelectual en el límite de la normalidad, con riesgo de recaer en conductas delictivas, presentando sus capacidades volitiva e intelectiva profundamente atenuadas, sin llegar a estar anuladas», recoge el escrito de la fiscal.
Por todo ello, además de la pena de prisión, se solicita la inhabilitación para ejercer una profesión relacionada con menores durante tres años y la medida de libertad vigilada con obligación de participar en programas de educación sexual durante dos años.