La familia de la víctima del parricidio de Muros recibirá el dinero hallado en su piso
MUROS
El TSXG desestima una sentencia de la Audiencia de A Coruña que consideraba que el efectivo procedía de la venta de drogas y ordenaba su decomiso
15 jul 2026 . Actualizado a las 18:00 h.Aunque ya hay sentencia contra el autor del parricidio de Muros, el suceso sigue coleando. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de estimar el recurso presentado contra una sentencia de la Audiencia de A Coruña que acordaba el decomiso de 16.700 euros intervenidos al hombre asesinado por su hijo. Antonio Mayo, en una vivienda de Esteiro en el 2023. El alto tribunal considera que el hallazgo del dinero se produjo cuando la víctima ya había fallecido y no pudo ser investigado formalmente sobre el origen del dinero.
Según se recoge en el fallo judicial, los hechos sucedieron en mayo del 2023 cuando, en el marco de la investigación por el parricidio, los agentes encontraron importantes cantidades de sustancias estupefacientes ocultas en la vivienda, así como efectivo del que se desconocía su procedencia. Los herederros de la víctima reclamaron ese dinero, pero la Audiencia Provincial consideró acreditado que el dinero procedía de la actividad de tráfico de drogas.
La investigación realizada por los agentes de la Guardia Civil sobre el homicidio llevó a la Fiscalía a sostener que el dinero intervenido constituía una ganancia derivada de un delito contra la salud pública. Sin embargo, el presunto autor falleció a manos de su hijo antes de la incoación del procedimiento penal, lo que impidió dirigir formalmente la investigación contra él por un delito contra la salud pública.
Ahora, el alto tribunal gallego rechaza la interpretación realizada por la Audiencia de A Coruña y señala que el decomiso sin condena únicamente puede acordarse cuando la persona fallecida hubiera adquirido previamente la condición de investigada o acusada, por lo que el dinero debería ser devuelta a los herederos del fallecido.
Por todo ello, el TSXG revoca la sentencia, desestima la demanda formulada por el fiscal y absuelve a los demandados de todas las pretensiones ejercitadas contra ellos.