La abogada de la madre en el caso de la «Galicia profunda»: «No ha habido sustracción del niño»

Antonio Longueira Vidal
Toni Longueira CARBALLO

MUROS

Los abogados de la madre de Muros a la que le han retirado la custodia del niño, de 14 meses
Los abogados de la madre de Muros a la que le han retirado la custodia del niño, de 14 meses CESAR QUIAN

Denuncia que la magistrada de Marbella que dirigió esta causa judicial no fue imparcial y presentará un escrito de recusación contra ella

13 mar 2022 . Actualizado a las 12:04 h.

Claudia Traba Santos, abogada que ejerce la defensa de la madre a la que la titular del Juzgado de Primera Instancia Número 7 de Marbella le retiró la custodia de su hijo porque, entre otros motivos, reside en la «Galicia profunda», ha rechazado que su clienta haya secuestrado al menor (que tiene apenas 14 meses). La letrada argumenta que «no se puede afirmar  que se sustrajera al menor cuando el padre acudió a despedirse del niño al aeropuerto el día que se vino a Galicia con su madre».

La madre ofreció al progenitor quedarse con el niño el fin de semana que ella se iba del que fue el domicilio de la pareja, «pero la otra parte rehusó quedarse con él porque tenía una despedida de soltero ese fin de semana, algo que quedó reflejado en los mensajes de WhatsApp aportados en la vista. De hecho, que se ignorasen este tipo de mensajes para construir un relato absolutamente tendencioso ha sido uno de los motivos para solicitar la nulidad de la resolución».

La letrada deja claro que la madre «nunca ha incumplido resolución judicial alguna». «En el plazo dado por el auto, en la primera resolución que se dicta en este caso, se procedió a la entrega del menor sin poner ningún impedimento», dice. Para Claudia Traba, «toda referencia a una supuesta sustracción no obedece sino a una intención espuria, que pretende relacionar el presente caso con otros que han sido mediáticos por motivos muy distintos, en los que se desobedecieron resoluciones judiciales y se ocultó a los menores, lo que no sucede en este caso, en el que la comunicación con el padre era diaria y reiterada, obedeciendo el traslado a una situación de necesidad».

La letrada de la demandada recuerda que, al margen de la referencia a la «Galicia profunda», hay abundantes descalificaciones personales a la madre contenidas en el auto. La magistrada, explica, «debe abstenerse de utilizar valoraciones tan despectivas como innecesarias». A su juicio, debería ser anecdótico «la referencia a una discusión en el seno de una ruptura sentimental, valorada fuera de su contexto y que nada aporta para la regulación del régimen de visitas de un menor. En todo caso, en pleno siglo veintiuno, cuando desde las instituciones se están promoviendo valores como el respeto a la mujer, resulta desolador que en el seno de la Administración de Justicia se trate a una madre con tal desconsideración». «En conclusión, no cabe duda de que, conforme a derecho, una madre puede perder la custodia de su hijo, pero lo que en ningún caso tiene que soportar es que la decisión se acompañe de descalificaciones totalmente impropias de una resolución judicial».

Según la abogada «es obvio e indiscutible que no hay que dar por supuesto que una madre, por haber parido a un hijo, esté más capacitada para su cuidado. Sin embargo, lo que siempre debe primar es el interés superior del menor, tomando en consideración en este caso que el arraigo de un niño de unos meses de edad no es al lugar en el que nació, sino a quién se ha dedicado a su cuidado desde el nacimiento». De hecho, «invocando el principio de igualdad, la resolución aplica igual baremo a situaciones dispares, generando mayor desigualdad. El resultado es que al final se atribuye la guardia y custodia al padre, que tiene que delegar buena parte de su cuidado en terceras personas, eso sí, en la Marbella cosmopolita».

Por todo ello, la letrada presentará a última hora de la jornada de este miércoles un escrito de recusación sobre la jueza que instruyó la causa.