La letra pequeña del polémico auto judicial de la «Galicia profunda»

Antonio Longueira Vidal
Toni Longueira CARBALLO

MUROS

Los dos abogados de la madre, que recusarán a la jueza por su auto en el que se censura que aquella se vaya a «la Galicia profunda»
Los dos abogados de la madre, que recusarán a la jueza por su auto en el que se censura que aquella se vaya a «la Galicia profunda» CESAR QUIAN

En su escrito sobre la custodia del niño, la jueza describe a la madre como «caprichosa, egoísta, inmadura, agresiva, posesiva, machacona e irrespetuosa». La defensa ya ha presentado el recurso por, entre otros motivos, «estos insultos» y el «prejuicio despectivo hacia la Galicia rural» por parte de la magistrada

27 oct 2021 . Actualizado a las 13:30 h.

El auto dictado por una jueza de Familia de Marbella no solo ha generado una gran polémica por las referencias al lugar de Torea, en Muros, como la «Galicia profunda» frente a la «cosmopolita Marbella». La letra pequeña de ese escrito, por la disputa de la custodia de un niño pequeño por parte de unos padres divorciados, tiene varias alusiones también controvertidas.

En el escrito de 24 hojas dictado por María Belén Ureña Carazo se hacen estas referencias a la progenitora, la gallega que optó por volver a Muros tras la separación y llevarse a su hijo: «Se desprende la actitud caprichosa, egoísta, inmadura, agresiva e irrespetuosa de [la demandada]». Y se añade: «Anteponiendo sus propios intereses a los de su hijo y atribuyéndose el poder de decisión de la vida del menor como si este fuera de su propiedad, prescindiendo absolutamente del padre del niño». Y completa la descripción explicando que la mujer tiene una «actitud intransigente, posesiva y fuera de la realidad y machacona».

Para la juzgadora, la actitud de la madre «es de una hostilidad y una falta de respeto inadmisibles, con insultos y risas fuera de lugar [todos ellos acreditados en mensajes de wasap publicados en el auto]». También califica a la demandada de interesada: «Ella misma ha demostrado la nula intención de buscar trabajo, pues pretende estar dos años criando a su hijo porque cuenta con la prestación económica de 1.200 euros que le ha solicitado el padre, aún a pesar de que tiene 30 años».

Según la defensa, que ejercen los abogados Claudia Traba y Alejandro Zulueta, de PS Abogados, en la vista previa se admitió como prueba que su patrocinada estaba buscando trabajo de forma activa y que no pretende utilizar esta compensación más que lo estrictamente necesario, ya que carecía de recursos económicos al haber renunciado en su día, previo pacto con el padre en el momento en el que eran pareja, de que él trabajaría mientras que ella se hacía cargo del cuidado del menor, de poco más de un año de edad. «Pero esta prueba admitida en la vista previa no queda recogida ni reflejada en este auto».

La jueza sí recoge en su escrito que la demandada no valoró la posibilidad de la custodia compartida o la opción de vivir en Marbella, aunque la progenitora no tuviera vínculo económico, social o familiar con esa «cosmopolita Marbella», o que carecía de recursos económicos para hacer frente a los costes de vivir en la ciudad malagueña.

Otro punto polémico es el que hace referencia a la visita que la demandada hizo con su hijo a Torea el pasado 3 de septiembre; fue antes de la publicación, el 8 de octubre, del auto que le otorga la custodia al padre, y sin que hubiera una resolución legal que impidiera dicho viaje, incluidas dos denuncias presentadas por el padre ante la Policía, que quedaron en nada. la jueza en cambio señala que la demandante actuó «con la oposición expresa del padre, quien ante la situación de impotencia que sentía, presentó en el juzgado una solicitud de medidas de prohibición de traslado de residencia a otra provincia del menor». Para la defensa, en aquella fecha, es decir el 3 de septiembre, «la madre podía llevar a su hijo a donde quisiera porque no había impedimento legal alguno. No hubo delito de secuestro como se deja entrever en algunos foros. Es más, nuestra clienta le notificó al padre que iba a efectuar ese viaje a Muros con el niño», señala Alejandro Zulueta, quien deja claro que cuando su patrocinada tuvo que entregar a su hijo en custodia al padre lo hizo antes de que finalizara el plazo previsto.

La juzgadora también hace referencia en el auto al progenitor: «Es médico, con un trabajo fijo, bien remunerado [percibe al año 117.000 euros] y con flexibilidad horaria, es un padre entregado, es una persona madura y estable emocionalmente, tiene un proyecto coherente de vida es consciente de su responsabilidad como padre, ha demostrado tener habilidades parentales, así como una preocupación constante por el bienestar del menor». Lo que no figura en el escrito, y sí salió a relucir en la vista previa, es que la primera vez que la madre le pide a su ya expareja que se haga cargo del menor durante un fin de semana, este se niega alegando que tenía una fiesta con los amigos.

La abogada del progenitor, Lola Casares Tejada, y la magistrada que lleva esta causa pertenecen a una misma asociación judicial, Plataforma Familia & Derecho, de la que la togada forma parte de la junta directiva como vocal, mientras que la letrada lo hace como socia. 

Preparando el recurso

Además de la queja formal presentada el pasado viernes ante la comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, la abogada Claudia Traba Santos presentó este martes ante el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Marbella (de Familia) un escrito en el que se solicita la nulidad del auto dictado por María Belén Ureña Carazo al entender que se han vulnerado los derechos de su patrocinada. En concreto, el que hace referencia a la tutela judicial efectiva por «la arbitrariedad del auto», en la medida que se sustenta en «razonamientos ilógicos».

Según la defensa, el escrito carece «del debido sustento probatorio», bien porque «se aparta de las conclusiones de las reglas de la sana crítica, bien porque no se han ponderado los medios probatorios de ambas partes, sino que se han omitido todos y cada uno de los aportados por la demandada, tomando en consideración únicamente los de la parte demandante [del padre]». También se solicita la nulidad del escrito porque «se vierten diversos insultos y descalificaciones hacia la madre, que además de gratuitos y totalmente innecesarios, denotan la flagrante falta de imparcialidad de la juzgadora» .

Y además, porque la resolución dictada el pasado día 8 se fundamenta «en un prejuicio despectivo hacia un colectivo, el de la Galicia rural, de la que se afirma que no ofrece posibilidades para el adecuado desarrollo de la personalidad de un niño y para que crezca en un ambiente feliz».