La Audiencia Provincial de A Coruña rebaja en seis meses la pena de cárcel a un barbanzano que abusó de su hija

La Voz RIBEIRA / LA VOZ

BARBANZA

Imagen de la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña
Imagen de la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña PACO RODRÍGUEZ

Los magistrados no revisaron la condena a otro vecino de la comarca por un delito similar, ya que con aplicación de la nueva ley la conducta «estaría más gravemente sancionada»

26 ene 2023 . Actualizado a las 11:07 h.

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, en aplicación de la nueva ley, ha rebajado de 11 a 10 años y medio la pena de cárcel impuesta a un barbanzano por abusar sexualmente a su hija menor de edad. El tribunal explica en el auto que en la actualidad el marco punitivo de la conducta del condenado es «ligeramente más beneficioso», por lo que ha acordado que procede la revisión de la pena impuesta.

Los hechos fueron juzgados en el 2016. Está probado que el hombre inició una relación sentimental con una mujer que tenía una hija, a la que reconoció en agosto del 2003. A pesar de pasar un tiempo separados, la pareja se reconcilió y, junto con la hija de ella, que tenía 11 años, se fueron a vivir a un piso en la comarca barbanzana.

En ese momento, la adolescente se sentía más querida por el hombre, como se recoge en la sentencia, y veía la televisión con él acostados ambos en cama. El contacto físico entre la niña y el acusado «fue excesivo en sus manifestaciones físicas». Además, este fue provocando una actitud de sumisión de la pequeña hacia él.

La situación acabó derivando en que el acusado, «aprovechando la posición que tenía en la relación familiar y la autoridad sobre la menor», mantuvo relaciones sexuales con su hija «de forma cotidiana y continuada» desde mediados de septiembre del 2010, cuando ella tenía 11 años, hasta que esta decide ingresar en un centro de menores el 21 de junio del 2012, cuando estaba a punto de cumplir 13 años.

Sin revisión

Por otra parte, la sección sexta de la Audiencia Provincial rechazó revisar la condena de cinco años y medio de prisión impuesta a otro barbanzano por abusar de su hija menor de edad. En este caso, según indican los magistrados, «la nueva regulación no resulta más favorable, sino, al contrario, la conducta estará más gravemente sancionada porque la pena prevista oscilaría entre los 7 y los 15 años». 

Los jueces explican que concurriría una circunstancia para la ejecución del delito, en la que «la persona responsable hubiera prevalido de una situación de convivencia o parentesco, por ser ascendiente, o hermano, por naturaleza o adopción, o afines, o de una relación de superioridad con la víctima». Además, la Audiencia destaca que en el caso enjuiciado se trata de un delito continuado.