También se indica que la «conducta de la entidad municipal y del alcalde constituye un acoso moral y vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva». En la sentencia ratificada ahora por el Tribunal Supremo se hace constar el incumplimiento de la resolución judicial que obligaba a la readmisión de la trabajadora en las condiciones anteriores al despido: «Incluso se le han venido encomendando funciones de imposible ejecución».
Continuos requerimientos
Asimismo, se considera probado que fue sometida «a la presión derivada de continuos requerimientos y apercibimientos, exigiendo cometidos de imposible realización por su parte, o respondiendo con silencios a sus peticiones de información o de restauración de sus condiciones personales y materiales laborales».