La bandera de España

José Vicente Domínguez
josé Vicente domínguez LATITUD 42°-34?, 8 N

BARBANZA

18 jun 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

Dicen que fueron los chinos los primeros en utilizar una pieza de seda con colores, con la que los mandarines mostraban el alcance del poder de su emperador. Los chinos ya utilizaban banderas 700 años antes de Cristo. Y cosas de la vida, yo también compré en los chinos las banderas de España y de Galicia que despliego en mi barco de recreo. Como pueden ver, por baratas que me hayan resultado las banderas, esto no viene a cuento. Lo que sí puede venir a cuento es el tipo de bandera que pueden o deben desplegar los barcos españoles. Se presentan varias posibilidades, a saber: ¿Solo la española? ¿La de Galicia sola? ¿La española y la gallega? ¿Y cómo debe ser la bandera de España? Trataré de aclararlo o, al menos, dejar mi punto de vista.

En contestación a la primera pregunta, queda claro en la Ley 39/1981, cuando dice que podrá enarbolarse la bandera española junto con la de otras comunidades autónomas, siempre que, la de Galicia en nuestro caso, sea de igual o menor tamaño que la roja y amarilla. En un barco, la bandera de Galicia sola, no se ajusta a las leyes en vigor. Lo siento, pero es así.

A la pregunta de cómo debe de ser la bandera española, además de los consabidos colores rojo y amarillo (por favor, dejémonos de trasnochados eufemismos y no digamos encarnada y gualda), debemos hacer mención al escudo. Y aquí, los no monárquicos, pueden safar (como decimos en las Rías Baixas), por cuanto la ley en vigor solo declara obligatoria la bandera con escudo para los barcos y artefactos flotantes de la armada pero no para los de carácter civil.

Haciendo un poco de historia reciente, me gustaría reseñar que no hace mucho, un decreto de 1977, decía que las embarcaciones de recreo podían utilizar la bandera de España con el escudo en color azul. Esto es una reminiscencia y copia de algunos clubes náuticos ingleses a los que se les permite utilizar la bandera azul (blue ensign) en los barcos propiedad de miembros de la armada real británica o pertenecientes a clubes náuticos que ostentan lo de Royal Club. De ahí la elitista copia que en España se hizo de ciertos club náuticos, en los que, por su carácter de real, se propugnaba el uso de la bandera con el escudo en azul.

Visto lo anterior, ya sabe: no deje de desplegar la bandera de España (la que eligió Carlos III para distinguir a sus barcos en alta mar), con o sin escudo, preferentemente en el asta de popa, para no ser considerado un barco pirata. La de Galicia, dentro de nuestras aguas, y por sentimientos, debería ser indispensable en cualquier embarcación de carácter civil.

Por cierto, por mucho que le quiera a su barco y a su patria, no es obligatorio llevar la pulserita con la bandera de España en la muñeca. ¡Uhmm!, ya me salió la vena política.