Los concellos dejan de ingresar unos 400.000 euros por las plusvalías

Marta Gómez Regenjo
Marta Gómez RIBEIRA / LA VOZ

BARBANZA

MATALOBOS

Un fallo del Constitucional obliga a los ayuntamientos a aplicar con prudencia el impuesto

25 feb 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, también conocido como plusvalía municipal, pasó de un segundo plano a la palestra hace justamente tres años, cuando una primera sentencia -que unos meses más tarde sería ratificada- declaraba inconstitucional su aplicación en caso de que con el cambio de manos de una propiedad no se produzca un aumento del valor del bien en cuestión. Se abría entonces un período de incertidumbre a la espera de un cambio legislativo que aclarase cómo aplicar el impuesto, una modificación que todavía no se ha concretado aunque, si se busca la Ley Reguladora de Haciendas Locales, en el texto se advierte de la existencia del fallo del Tribunal Constitucional. Esto ha tenido consecuencias en las economías municipales, que en el caso de la comarca han dejado de ingresar alrededor de 400.000 euros.

Si se toman como referencia las cuentas generales de los concellos correspondientes al año 2016, previo a la sentencia que anula parcialmente el impuesto, y los ingresos en el último ejercicio cerrado, la reducción en los derechos reconocidos por las plusvalías se sitúa en torno al 40 %, al pasar de cerca de 876.000 euros a 516.000.

La merma en las arcas públicas de los ayuntamientos barbanzanos no supone un descalabro, pero sí se trata de cuantías jugosas que ahora dejan de percibir. Una vez que se tuvo conocimiento de los fallos judiciales, las Administraciones locales optaron por aplicar el impuesto con prudencia.

Rebaja de expectativas

La plusvalía grava la ganancia que se obtiene por el aumento de valor de una propiedad urbana cuando esta cambia de manos, bien sea por una venta, una cesión o incluso una herencia. Al confirmarse la sentencia que anula el tributo en situaciones de inexistencia de incrementos de valor, los ayuntamientos empezaron a rebajar sus expectativas en cuanto a ingresos.

Otro factor a tener en cuenta es el descenso de las transacciones inmobiliarias, aunque los servicios municipales señalan que este aspecto tiene mucha menor incidencia.

En el caso de Boiro, por ejemplo, confirman que la reducción experimentada responde, principalmente, a las sentencias dictadas en contra del cobro de la plusvalía. En su caso, la caída no es poca cosa, puesto que, según las cuentas rendidas por el Concello, los derechos reconocidos pasaron de unos 367.400 a 140.400 en apenas dos ejercicios.

Por su parte, en Noia señalaban que la disminución (en su caso pasó de algo más de 117.600 euros a 98.140) no tiene nada que ver con la sentencia, puesto que el impuesto ya se venía aplicando únicamente cuando hubiera ganancia con el cambio de manos de la propiedad. Lo que ocurre, aclaran, es que el margen de beneficio por las transacciones inmobiliarias es cada vez menor, con lo cual, las cuantías a ingresar por el Ayuntamiento también menguan.

En el caso de Ribeira, la reducción de los derechos reconocidos por este tributo asciende a unos 166.500 euros, mientras que en otros concellos, como el de Rianxo, es mucho más suave, apenas dos mil euros.

Aunque los ayuntamientos aplican criterios de prudencia a la hora de cobrar el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos urbanos, de momento, a la espera del anunciado cambio legislativo, no han modificado las ordenanzas fiscales que lo regulan.

 La sentencia abrió la puerta a los contribuyentes a reclamar lo cobrado indebidamente

La primera sentencia que anulaba parcialmente el impuesto de plusvalía se hizo pública en febrero del 2017 y fue confirmada por otro fallo posterior, en mayo del mismo año, abriendo la puerta a las reclamaciones de las cuantías cobradas indebidamente por los ayuntamientos.

En aquella época se anunció un cambio legislativo para dar seguridad jurídica a contribuyentes y Administración, pero ello no evitó que a las casas consistoriales del área barbanzana comenzasen a llegar consultas de ciudadanos que querían saber si tenían derecho a demandar el reintegro del dinero abonado por las plusvalías. De hecho, en agosto del 2017 en algunos concellos, como es el caso de Ribeira, se habían registrado ya una decena de solicitudes de devolución.

Sin embargo, todavía quedaban por llegar nuevos fallos del Constitucional y a finales del año pasado se dictó una sentencia que declara inconstitucional el impuesto cuando la cantidad a abonar por el contribuyente sea superior a la ganancia obtenida con la transmisión del inmueble.