El juez desmonta la versión del Chicle y considera que agredió sexualmente a Diana Quer

Marta Gómez Regenjo
Marta Gómez RIBEIRA

BARBANZA

CARMELA QUEIJEIRO

Decreta la apertura de juicio oral por los delitos de asesinato, violación y detención ilegal. Un jurado popular juzgará al rianxeiro

11 nov 2019 . Actualizado a las 13:14 h.

En la audiencia preliminar celebrada el lunes en el juzgado de Ribeira, la representación legal de José Enrique Abuín Gey, el Chicle, solicitó el sobreseimiento parcial de la causa contra él por el crimen de Diana Quer, una petición que ha caído en saco roto al dictar el instructor el auto de apertura de juicio oral. Y no solo eso, sino que el rianxeiro tendrá que enfrentarse a un jurado popular una vez que el juez asume que existen indicios para acusarle de agresión sexual, además de asesinato y detención ilegal.

El instructor del caso, Félix Isaac Alonso, pone en duda la versión dada por el acusado sobre lo que ocurrió cuando desapareció Diana, en la madrugada del 22 de agosto del 2016, dado que presenta «notables incoherencias e incompatibilidades» con el resultado de la investigación. Destaca que no consta que se produjese ningún robo de gasoil en la zona, motivo que según el Chicle le llevó hasta A Pobra, y añade que resulta «poco creíble» que Diana abandonase por iniciativa propia el paseo de O Areal para adentrarse en una calle «que no se encontraba en la trayectoria que seguía y que discurre entre naves abandonadas».

En cuanto al «agarre del cuello casi accidental» con el que Abuín Gey trató de justificar que estranguló a la joven involuntariamente, resalta que «no justificaría las lesiones constatadas».

Con una brida

A partir de ahí, el juez inicia un relato de lo ocurrido la noche en que desapareció Diana Quer basado en las diligencias practicadas, entre las que incluye los movimientos de víctima y agresor registrados por sus teléfonos, los estudios médico-forenses realizados y los elementos encontrados durante el levantamiento del cadáver, entre ellos una brida «con una abertura compatible con el estrangulamiento».

Según esto, Félix Isaac Alonso considera que «no existe indicio alguno que indique que la víctima abandonase el camino hacia su casa voluntariamente o que hubiese fallecido ya en el momento de subirla al vehículo del acusado, ni que descarte la comisión de la agresión sexual». Al contrario, sostiene que el Chicle abordó a la joven madrileña por sorpresa cuando se dirigía a su casa por el paseo de O Areal, la introdujo en el maletero de su coche «por la fuerza, evitando que gritase» y le arrebató el móvil. Añade que la maniató con bridas y la amordazó con cinta adhesiva y que abandonó el lugar a gran velocidad.

Tras acceder a la autovía de Barbanza a las 2.52 horas, tiró el teléfono de Diana desde el viaducto que cruza la ría en Beluso y, alrededor de las 3.09 horas, llegó a la nave de Rianxo, donde permaneció hasta una hora más tarde. El juez asume que, durante ese tiempo, el acusado agredió sexualmente a la víctima y la estranguló. «Consumada dicha acción y con el fin de evitar que se descubriesen los hechos cometidos, introdujo el cuerpo de la víctima en el pozo, donde arrojó también su bolso, abandonando el lugar y llevándose la ropa de la víctima, de la que se deshizo en un lugar indeterminado», señala.

Borrar huellas

Añade que, al menos veinte días más tarde, José Enrique Abuín volvió a la nave y lastró el cuerpo de la joven con unos bloques de hormigón. El juez considera que esta maniobra no solo tendría por objeto evitar que la localizaran «sino también el posterior descubrimiento del delito de agresión sexual, impidiendo, con el sumergimiento de la víctima en agua durante un período muy prolongado de tiempo y llevándose su ropa, que pudieran hallarse restos orgánicos de la comisión de tales hechos».

Sin embargo, apunta que este extremo, el de la agresión sexual, está igualmente respaldado por lo señalado «en el último de los informes médico-forenses solicitados».

Por todo ello, Félix Isaac Alonso considera que existen indicios suficientes para juzgar a José Enrique Abuín Gey por los delitos de asesinato, agresión sexual y detención ilegal y da traslado del expediente a la sección sexta de la Audiencia Provincial, donde se celebrará el juicio en una fecha que este organismo tendrá que determinar.