Una forma de definir los límites de actuación de las Administraciones

La Voz

BARBANZA

30 ene 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

La elaboración de esta catalogación de los tramos urbanos y naturales de las playas responde, en primer lugar, a lo establecido en el reglamento general de Costas. Pero fuentes de la Xunta también destacaron que su finalidad es definir una norma concreta que aporta seguridad jurídica a la actuación en los arenales al tiempo que se definen los límites de actuación de las distintas Administraciones dentro de su ámbito competencial. En este sentido, indican que las zonas de baño pertenecen al dominio público marítimo terrestre y, por tanto, dependen del Estado, que fija su régimen de protección. Sin embargo, al Gobierno autonómico le corresponde su ordenación mediante los instrumentos de planificación necesarios, mientras que a los ayuntamientos les toca planificar los usos del suelo, siempre de acuerdo con la ley de Costas.