La Justicia declara de propiedad privada el islote de punta Aguieira

Ramón Ares Noal
X. NOAL RIBEIRA / LA VOZ

BARBANZA

MARCOS CREO

En la isla se instaló a mediados del siglo XIX una salazonera y fue vendida en 1944 al padre de su titular actual

23 sep 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

La titularidad del islote de punta Aguieira, en Porto do Son, que hasta mediados de los años ochenta albergaba las ruinas de una fábrica de salazón de mediados del siglo XIX, estaba en entredicho desde que el deslinde de Costas del 2010 incluyó toda su extensión dentro del dominio público marítimo terrestre. Su propietario pleiteó contra la Administración del Estado y una sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 9 de A Coruña le acaba de dar la razón al considerar que es de carácter privado.

Según el abogado del demandante, Manuel Blanco Ons, la propiedad del islote nunca fue sometida a debate hasta la entrada en vigor de la Ley de Costas de 1988: «Anteriormente a esta ley, Costas del Estado había deslindado la propiedad privada del islote reconociendo los derechos de mi cliente, pero la nueva normativa establecía, con carácter general, la titularidad pública de los islotes sitos en aguas interiores y mar territorial, obligando a quien reclamase la titularidad particular a justificar que era anterior a la entrada en vigor de la nueva normativa».

Exigencias

Aunque en el procedimiento, el Ministerio de Medio Ambiente consideraba que el titular del islote no reunía las exigencias para considerarlo propietario, este presentó un documento fechado el 21 de septiembre de 1944 en el que los descendientes del fomentador catalán que levantó la salazonera vendían al padre del reclamante «un edificio en el punto nombrado Aguieira, en términos de la parroquia de Nebra, llevando anexos una caseta y embarcadero propios y algún terreno adyacente, a peñascal, ocupando el conjunto doce áreas y sesenta centiáreas».

También demostró documentalmente que sus hermanos le vendieron las respectivas partes del islote heredadas de sus padres, haciéndose con el cien por cien de la propiedad.

El tribunal consideró asimismo como pruebas de titularidad las licencias de obras tramitadas ante el Concello de Porto do Son, así como los gastos que abonó para poder llevar el suministro de energía hasta la isla y, lo que es más importante, que constituye su residencia habitual.

El titular del juzgado coruñés considera que el dueño del islote lo era ya cuando entró en vigor la Ley de Costas de 1988, condenando al Estado a modificar el deslinde y a pagar las costas.