La Justicia anula la licencia de obra que permitió construir la gasolinera de Xarás

Ana Gerpe Varela
A. Gerpe RIBEIRA / LA VOZ

BARBANZA

CARMELA QUEIJEIRO

El fallo indica que, contraviniendo la ley de montes, hubo un cambio de uso en un terreno que se incendió en el 2006

20 jul 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno de Santiago de Compostela ha admitido el recurso presentado contra la instalación de una gasolinera de bajo coste en la zona ribeirense de Xarás y ha anulado las licencias de obra concedidas por el Ayuntamiento en el año 2014 para el talado y movimiento de tierras, así como para la implantación de una estación de servicio. La resolución no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de apelación ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

En su fallo, la magistrada acepta uno de los presupuestos esgrimidos por los demandantes, representados por el bufete López Abogados, en relación a la variación de uso de una parcela que resultó quemada. Así, indica que, según la ley de montes de Galicia del año 2012, «el cambio de uso forestal en terrenos afectados por incendios no podrá producirse durante un período de, al menos, 30 años». Especifica que esta disposición afecta a aquellos suelos que no hubiesen sufrido una modificación previa al momento en el que tuvo lugar el fuego y precisa que no consta que en la finca en cuestión se diera esa circunstancia.

Certificación de Medio Rural

También se indica en la resolución que «según la certificación emitida por la jefatura territorial de la Consellería de Medio Rural en fecha 4 del 12 del 2015, la parcela de Litis sufrió tres incendios en el 2006». A la vista de estos datos, la magistrada considera que «se ha infringido la normativa sobre cambios de uso al conceder las licencias impugnadas, por lo que el recurso ha de ser estimado».

Asimismo, en la sentencia se impone una condena en costas a la parte vencida por importe de 700 euros.