Hacienda intensifica el control sobre el alquiler de viviendas

Chechu López RIBEIRA

BARBANZA

La referencia catastral del piso arrendado debe ir en la declaración

12 may 2006 . Actualizado a las 07:00 h.

El Ministerio de Hacienda está decidido a acabar con el posible fraude en las declaraciones de la renta. Uno de los aspectos en los que está intensificando los controles es el relativo al alquiler de viviendas. Para ello, ha establecido la obligación de incluir el número de referencia catastral del inmueble que habita cada persona, ya sea en propiedad, arrendado, cedido u otra fórmula. De ese modo, se pretende comprobar que la persona que alquila una vivienda lo declara en sus ingresos. La Agencia Tributaria tiene, según pasan los años, un mayor control de la información fiscal, ya sean planes de pensiones, plusvalías o minusvalías generadas por los fondos de inversión, acciones, seguros o venta de inmuebles, entre otros. En próximos ejercicios, el declarante estará obligado a indicar el NIF o CIF del promotor de la vivienda adquirida para controlar un posible fraude en el sector inmobiliario. Ahorro fiscal Algunas de las medidas que se pueden adoptar en el actual ejercicio económico para lograr el mayor ahorro fiscal en la declaración del 2007 están dirigidas a las mujeres que trabajen, que estén dadas de alta en la Seguridad Social y que tengan hijos menores de tres años. Estas personas podrán restar 1.200 euros de la cuota del impuesto por cada uno de estos conceptos. La deducción máxima por cada vástago será la suma de las cotizaciones íntegras pagadas a la Seguridad Social y pueden solicitarse por anticipado a la Agencia Tributaria. Los asesores fiscales señalan que si una persona tiene problemas de salud graves o crónicos debe solicitar la calificación de minusválido para optar a mayores deducciones. Además, indican que si el primer hijo es menor de 25 años y soltero, convive con el declarante y no tiene rentas sujetas a tributación superiores a 8.000 euros al año, podrá descontar 1.400 euros de la base por él. Sin embargo, si el descendiente presenta declaración o solicita la devolución rápida, se perderá el descuento mencionado. Bienes sin retención Desde las gestorías se recomienda tener cuidado con incluir bienes sin retención, como acciones, a nombre de los hijos menores de 25 años que den derecho a aplicar el mínimo familiar, pues se perderá aunque el declarante cumpla los demás requisitos, si los vástagos obtienen ingresos de más de mil euros. Si el contribuyente paga una pensión mensual a su cónyuge o a un familiar podrá restarla de sus ingresos si formaliza judicialmente el acuerdo. Además, si a la persona que presenta la declaración le van a indemnizar por un daño físico o psíquico, le interesa también lograr un acuerdo judicial para que dicha compensación no tribute. Los contribuyentes también deben conocer que los donativos a las fundaciones o entidades sin ánimo de lucro tienen una deducción de hasta el 25%, y las obras de adaptación de una vivienda propia o alquilada a las necesidades de los minusválidos dan derecho a aplicar la deducción por adquisición de un inmueble. Los asesores recomiendan pedir justificantes de cuotas sindicales, del colegio profesional y gastos de abogados en pleitos laborales de un empleado contra su empresa, pues son gastos deducibles. Además, si al declarante le ofrecen retribuciones en especie debe elegir las que no tributen, como cursos de formación, gastos de formación, equipamiento para uso de nuevas tecnologías, acciones de la empresa, seguros sanitarios, vales de comedor y dietas de viaje.