El fratricidio de Guillán se cierra con una condena de dos años

Alfredo López Penide
lópez penide PONTEVEDRA / LA VOZ

VILAGARCÍA DE AROUSA

RAMON LEIRO

Un acuerdo entre ambas partes acaba con una batalla judicial de cuatro años. Se mantienen las indemnizaciones estipuladas para la viuda y sus dos hijas en la sentencia del 2014

18 sep 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

En julio del 2014, un jurado popular consideró a Santiago Gómez Lorenzo autor de un homicidio imprudente cuando disparó sobre su hermano y la Audiencia de Pontevedra le impuso once meses y medio de cárcel. Comenzó entonces una batalla judicial que ha durado cuatro años y en la que se terminó decretando la repetición del juicio. Ayer era la fecha en la que la vista oral debía retomarse, pero un acuerdo de conformidad entre la defensa y las acusaciones evitó, incluso, que se tuviera que conformar el jurado.

De este modo, Santiago Gómez se declaró autor de un homicidio por imprudencia por el que asumió dos años de prisión. Las distintas fuentes consultadas incidieron en que no tendrá que ingresar en un centro penitenciario, toda vez que estuvo privado de libertad en prisión preventiva durante un año y diez meses.

A mayores, se le impone la prohibición de aproximarse a la viuda de su hermano Alfonso y a las dos hijas de esta durante cuatro años, mientras que las indemnizaciones suman un total de 216.000 euros. De hecho, se ha establecido ya el mecanismo que seguirá el acusado para hacer efectivo el pago de esta cantidad.

En cuanto a los hechos probados, la nueva sentencia mantendrá a grandes rasgos los que ya se acreditaron por parte del jurado. Esto es, que entre Santiago y Alfonso existía una mala relación, de tal modo que en septiembre del 2012 ambos entablaron una discusión. En un momento dado, Santiago, «sintiéndose atacado por Alfonso y en la creencia de que obraba en defensa de su propia integridad, realizó un disparo».

Se confirma, por un lado, que su intención no era la de causar la muerte de la víctima y, por otro, que en ningún momento el fallecido esgrimió una navaja con la que amenazó al encausado.

180.000 euros para la viuda y 18.000 para sus dos hijas

El acuerdo adoptado ayer sirve para corregir la condena de cárcel dictada en el 2014, que se limitaba a once meses de prisión. Lo que permanece invariable son las cuantías de las indemnizaciones que deberán percibir la viuda de Alfonso Gómez (180.000 euros) y cada una de sus dos hijas (18.000 euros). En conjunto, 216.000 euros.