A Lanzada, un proceso de clasificación «dificultoso»

Marcos Gago Otero
marcos gago SANXENXO / LA VOZ

O GROVE

MARTINA MISER

30 sep 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

El Diario Oficial de Galicia publicó ayer el texto íntegro de la resolución por la que el Xurado Provincial de Clasificación de Montes Veciñais en Man Común de Pontevedra rechazó las pretensiones de Noalla sobre el istmo de A Lanzada y una franja de terreno que llega hasta Bascuas.

¿Cuál es la situación jurídica actual?

Este espacio fue clasificado en 1989 por el Xurado de Montes a favor de los comuneros de Noalla. Sin embargo, el Concello de O Grove logró en el 2011 que se declarase nulo alegando un defecto de forma -adujo indefensión porque no se le dio trámite de audiencia en el procedimiento-. La Justicia ordenó la revisión ex novo, es decir, desde el principio de todo el expediente y la nueva resolución del Xurado rechaza clasificarlo al entender que todo el monte es dominio público bajo jurisdicción de Costas.

¿Por qué hay un resultado distinto del Xurado sobre el mismo monte?

En su explicación, el Xurado reconoce que es un «expediente sumamente complexo e dificultoso», por sus antecedentes legales e intereses en juego así como por la «propia repercusión social y mediática» y la «especial configuración xurídica dos terreos afectados». Es más, el Xurado da por hecho que el tema volverá a los tribunales, sea cual sea el resultado. La decisión «vai ser controvertida e discutida polas partes» y recalca que su resolución se basa solo en «datos obxectivos».

¿Qué ha variado entre 1989 y este año para el Xurado sobre A Lanzada?

Mucho. Primero, se destaca que Noalla no ha podido justificar un uso actual por parte de los vecinos del monte en disputa, que incluye el istmo. Para el Xurado no es suficiente que se haya tenido este uso en el pasado, también tiene que seguir teniéndolo en el presente y esta circunstancia en la actualidad es imposible. Se cita un informe del Servizo de Montes, de la Xunta, donde se precisa que «o uso da parcela está moi condicionado polo feito de que na súa totalidade se atopa incluída dentro dun espazo natural protexido e praias (...) e o asociado ás infraestruturas públicas existentes». Además, se suman informes de Costas reclamando el dominio público sobre todo el entorno y el deslinde de 1993.

Aunque no se use hoy como antaño ¿por qué no puede clasificarse?

El Xurado considera que la clasificación como monte comunal de un terreno que no puede usarse como tal no es posible. Recuerda, por ejemplo, que este entono está en la Red Natura 2000 y cuenta con una serie de figuras de protección natural que hace que actividades como el pasto o la venta de arena, usos tradicionales de este entorno, sean «a día de hoxe impensables». Por todo esto, «cabe preguntarse que sentido tería clasificar o monte da Lanzada como veciñal a favor dos comuneiros de Noalla, recoñecendo ao seus favor un uso privativo, cando a día de hoxe se está facendo un uso público de toda a zona afectada», dice el Xurado.

¿Se conforma Noalla con esta decisión del Xurado?

No, de hecho, los comuneros han interpuesto un recurso de reposición ante el Xurado para que reconsidere que no todo el monte está dentro del dominio público y que esa parte sí se puede clasificar.