Vilagarcía dispondrá de zonas de paseo libre para mascotas en la playa

Serxio González Souto
serxio gonzález VILAGARCÍA / LA VOZ

AROUSA

MONICA IRAGO

El Concello estudia la posibilidad de crear otro espacio de estas características en el parque botánico de O Castriño

23 abr 2014 . Actualizado a las 06:58 h.

Finalmente, la ordenanza de uso, seguridad y conservación de las playas, que el pleno de Vilagarcía debatirá el lunes, abre la puerta a la creación en los arenales del municipio de zonas de libre paseo para las mascotas. Tras escuchar al colectivo de propietarios de canes y al grupo socialista, que ha trabajado a fondo en este ámbito, el bipartito conservador ha decidido modificar la formulación de la normativa, tal y como en su momento anunció la portavoz popular, Rocío Llovo.

La ordenanza continúa restringiendo el acceso de los animales de compañía a la playa desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre en el horario de baño que establece el Concello: entre las once de la mañana y las nueve de la noche. Pero, a diferencia de la redacción original, el texto definitivo introduce una excepción: «Agás nas zonas debidamente acotadas ou designadas polo Concello para o esparexemento dos animais». Aunque de momento Ravella no ha definido dichas áreas, los propietarios de mascotas proponían el amplio espacio que media entre el pinar de A Concha y la línea del mar. El colectivo argumentaba, también, que la misma medida podría aplicarse en otros lugares. En este sentido, el Ayuntamiento parece dispuesto a estudiarlo en el parque botánico Enrique Valdés Bermejo, conocido popularmente como O Castriño.

Por lo que respecta a las banderas azules, distintivo que el verano pasado tan solo ondeó en Bamio, la restricción es, en cambio, total: «Estará prohibida a súa presenza [de los animales] durante a tempada de baño».

La posibilidad de que se bañen

Otro de los asuntos a debate tiene que ver con la posibilidad de que los animales puedan tomar un baño. La formulación inicial de la ordenanza parecía negarlo, aunque su redacción no dejaba del todo claro si se trataba de la utilización de las duchas y lavaderos o del agua del mar. La norma definitiva se limita a prohibir genéricamente el mal uso de las duchas y el empleo de jabones, haciendo responsable del comportamiento de la mascota a quien esté a su cargo.

La normativa municipal incluye un régimen sancionador que distingue entre la comisión de faltas muy graves, graves y leves. En su tipo máximo, las sanciones correlativas pueden ascender a 3.000 euros. La navegación en zonas prohibidas para ello, la contaminación o la colocación de instalaciones sin autorización caen dentro de esta categoría.