Condenan al Concello de O Vicedo a acordar con el propietario la demolición de una edificación ilegal

Redacción VIVEIRO / LA VOZ

O VICEDO

Edificio de los juzgados en Lugo
Edificio de los juzgados en Lugo ALBERTO LÓPEZ

Se trata de una construcción de hormigón y chapa ubicada en la parroquia de Mosende

28 jul 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

El Xulgado do Contencioso-Administrativo número 1 de Lugo condenó al Concello de O Vicedo a acordar con el propietario la demolición de una edificación construida en la parroquia de Mosende, y que según la sentencia es ilegal al ser incompatible con el ordenamiento urbanístico.

De acuerdo con el fallo judicial, la Xunta de Goberno local rechazó en diciembre de 2019 la demolición de la mencionada edificación, «por no haberse precisado con certeza y claridad, por parte del arquitecto técnico municipal, la fecha de terminación de las obras», lo que «impide computar el plazo de caducidad -seis años- establecido en la legislación vigente».

El informe del arquitecto municipal, datado en febrero de 2019, admitía que la construcción «incumple el retranqueo mínimo de tres metros a linderos», además de que «la cubierta de chapa no se ajusta a lo dispuesto en el PXOM» y el «acabado de parámetros exteriores a base de bloques de hormigón incumple» el Plan Xeral de Ordenación Municipal.

Según recoge la sentencia, el promotor de las obras alegó que los trabajos en su totalidad acabaron en el año 2012, concluyendo el técnico que «no dispone de datos que permitan determinar con precisión la fecha de terminación» de la construcción.

La jueza considera que el dictamen elaborado por un perito judicial «constata que la edificación se construyó entre el año 2014 y 2017», ya que «los materiales de la construcción que actualmente se encuentran en la parecela fueron colocados a partir del ejercicio 2014».

De esta manera, «procede condenar a la administración demandada a que acuerde la demolición de las obras a costa del interesado, conforme a lo dispuesto en la Lei do Solo de Galicia», resuelve la magistrada. La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación.