Condenado por cambiar la cerradura de un piso de O Valadouro impidiendo entrar a los inquilinos

La Voz

O VALADOURO

Ferreira do Valadouro (imagen de archivo)
Ferreira do Valadouro (imagen de archivo) PEPA LOSADA

La Audiencia Provincial ve al hijo del dueño culpable de un delito leve de coacciones y le impone una sanción económica, además de una indemnización a los arrendatarios

30 ago 2024 . Actualizado a las 22:23 h.

La Audiencia Provincial de Lugo ha ratificado la condena a un hombre que cambió sin justificación la cerradura de un piso de O Valadouro, impidiendo a los arrendatarios entrar al mismo.

La resolución considera hechos probados que el 6 de febrero del 2023, el condenado, quien gestiona los arrendamientos de las propiedades de su padre, cambió la cerradura de un piso sito en Ferreira, con la finalidad de impedir que la denunciante y su familia pudiesen entrar en la vivienda, que ella había alquilado al padre del encausado, por un período de un año prorrogable a cinco.

Cuando los arrendatarios quisieron acceder a la propiedad, el acusado, desde la terraza de su vivienda, en el mismo inmueble, les dijo «vais a entrar vosotros en el piso... Ya cambié la cerradura y voy a llamar a la Guardia Civil». 

El Juzgado 2 de Mondoñedo condenó al acusado por un delito leve de coacciones, con una multa de 45 días con cuota diaria de seis euros, más 1.000 euros de indemnización a la denunciante, y al pago de las costas procesales.

En el recurso de apelación, la representación legal del acusado argumentaba que no había suficiente prueba como para enervar la presunción de inocencia. Señalaba que no tenía ningún sentido la versión de la denunciante, pues el encausado no echaría intempestivamente a arrendatarios que pagan el alquiler, y alegaba que fueron los inquilinos quienes abandonaron la vivienda, supuestamente diciendo que estaban en otro país y que no iban a volver.

La Audiencia considera no obstante que existe certeza de la culpabilidad del recurrente, puesto que el acusado reconoce el cambio de cerradura sin acreditar justificación, y no aporta prueba alguna sobre que los arrendatarios comunicasen su intención de marcharse.