En su sentencia, el tribunal entiende que se produjo «una violencia de todo punto innecesaria para perpetrar la violación, con claro desprecio a la mujer, a buen seguro por tratarse de una persona que ejercía la prostitución, dadas las continuas vejaciones que profería contra ella, llamándole ‘puta’ y ofreciéndole más dinero, justamente cuando ella decía que no quería continuar con la relación y que le devolvía el que le había dado». Por eso estima acreditado, como propusieron las acusaciones, que el acusado actuó con la víctima «tratándola como si pudiera hacer lo que quisiera hacer con ella por el hecho de ejercer la prostitución».