«Una violencia de todo punto innecesaria para perpetrar la violación», por el hecho de ser prostituta

La Voz FOZ / LA VOZ

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ALBERTO LÓPEZ

Condenado a 12 años de prisión un hombre por agredir y violar a una mujer que ejercía la prostitución en Foz

19 ene 2022 . Actualizado a las 00:27 h.

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a doce años de prisión y a diez años de libertad vigilada a un vecino residente en Burela por violar y agredir a una mujer que ejercía la prostitución en Foz. Además, el tribunal le ha impuesto la prohibición de aproximarse a la víctima y de comunicarse con ella durante 18 años, así como el pago de una multa de 540 euros y de una indemnización de 15.000 euros. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso.

«El tribunal, que ha tenido en cuenta la atenuante de embriaguez, lo ha considerado autor de un delito de violación, consistente en agresión de carácter sexual con acceso vaginal, anal y bucal, impuesta sin su consentimiento, empleando violencia con carácter particularmente degradante o vejatorio, y de otro delito leve de lesiones», informa el TSXG.

Tanto la fiscalía como la víctima, representada por el abogado Jesús Porto Gallego ejerciendo la acusación particular, habían solicitado una pena de 15 años de prisión. Por su parte, la defensa había pedido la absolución.

En la sentencia los magistrados consideran probado que en febrero del 2019 el acusado se desplazó a la vivienda de la víctima, tras haber acordado con ella un servicio sexual. Una vez allí, mantuvo «un comportamiento brusco y violento, tratándola de forma desconsiderada, como si pudiera hacer lo que quisiera con ella por el hecho de ejercer la prostitución».

La acusada le pidió varias veces que se fuese, ofreciéndose a devolverle el dinero pactado por el servicio (100 euros por 45 minutos), pero él no solo no se fue sino que le pegó de forma reiterada y la obligó a continuar con los actos sexuales en contra de su voluntad expresa.

Además de tirarle del pelo y arrancarle las extensiones que llevaba, la obligó a lamer lo que la mujer había vomitado, a pesar de negarse ella llorando. Además de otras prácticas vejatorias y no consentidas por la mujer, de colocarle una navaja en el cuello y la barriga, llegó a quemarle una mano con un mechero. En un momento dado, la mujer aprovechó para coger su teléfono móvil para tratar de mandarle un mensaje a su pareja. Al ser vista por el acusado, se lo cogió y lo lanzó contra la pared, rompiéndolo. Esta situación cesó al llegar a la vivienda el compañero de la víctima, que oyó gritos en la habitación y golpeó la pared, primero, y abrió la puerta después, obligando al acusado a vestirse e irse de la casa.

A raíz de estos hechos, la mujer padeció trastorno de adaptación y reacción a estrés grave, además de sufrir varias lesiones físicas (en el fallo se enumeran una treintena, desde hematomas a abrasiones). Para sanar de las lesiones la mujer precisó de una primera asistencia facultativa y el Sergas soportó gastos por una cuantía de 1.261 euros, de los que deberá responder el acusado.

En su sentencia, el tribunal entiende que se produjo «una violencia de todo punto innecesaria para perpetrar la violación, con claro desprecio a la mujer, a buen seguro por tratarse de una persona que ejercía la prostitución, dadas las continuas vejaciones que profería contra ella, llamándole ‘puta’ y ofreciéndole más dinero, justamente cuando ella decía que no quería continuar con la relación y que le devolvía el que le había dado». Por eso estima acreditado, como propusieron las acusaciones, que el acusado actuó con la víctima «tratándola como si pudiera hacer lo que quisiera hacer con ella por el hecho de ejercer la prostitución».