Absuelto un profesional acusado de estafa en la venta en Burela de un coche de alta gama importado

La Voz BURELA/ LA VOZ

BURELA

Imagen de archivo de un vehículo de un modelo similar al que cita la Fiscalía en su acusación
Imagen de archivo de un vehículo de un modelo similar al que cita la Fiscalía en su acusación

«No ha quedado acreditado que hubiera alterado el cuentakilómetros ni sustituido el motor», dice la sentencia

29 may 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

«No ha quedado acreditado que el acusado hubiera alterado el cuentakilómetros ni que hubiera sustituido el motor de 180 caballos por uno de 150 (...) y, menos aún que vendiera el vehículo conociendo dichas alteraciones y sin informar al comprador sobre las mismas». Por esas razones, el Juzgado de lo Penal 1 de Lugo absuelve a un profesional de la compra-venta y reparación de vehículos en Burela, para quien la Fiscalía y la acusación particular solicitaban una condena de dos años de cárcel por un presunto delito de estafa en la transacción de un automóvil de importación.

Cabe recurso de apelación contra una sentencia que declara de oficio las costas. También desestima la petición de que el vendedor le devuelva al comprador lo que pagó por un Audi A4 2.5 TDI de segunda mano e importado de Alemania: 4.000 euros y un coche usado. Igualmente, deniega la solicitud de resarcir al cliente por perjuicios y reparaciones. La jueza deja constancia de «que no existe prueba suficiente sobre el engaño y ánimo de lucro» que la acusación pública y la particular le atribuían al vendedor. La Fiscalía incluso lo responsabilizaba de «diversas manipulaciones» en el coche.

«No están claros» los kilómetros reales ni cuándo se cambió el motor

Según la sentencia, a finales del 2013, cuando el vendedor y el cliente que lo denunció formalizaron la operación, el cuentakilómetros del Audi A4 2.5 TDI indicaba que tenía 82.083 y, según la documentación oficial del vehículo, estaba equipado con un motor de 180 caballos. Tres años después, a raíz de una avería, otro taller mecánico cifró el kilometraje en 263.743, si bien una inspección de la ITV de esas fechas apunta que contaba con 120.792. Según la sentencia, «lo cierto es que tampoco está claro cuáles son los kilómetros reales»; entre otras cosas, porque el perito judicial expuso: «No podemos certificar los kilómetros».

Sobre el «supuesto cambio de motor» a uno 150 caballos, en la sentencia dice que «el documento que informa sobre el cambio no lleva fecha, se desconoce cuándo se emitió y cuándo se apreció». Y llama la atención sobre que el coche «pasó favorablemente la ITV en diferentes ocasiones, sin que ninguno de los profesionales encargados de la revisión se hubiese percatado de tal cambio».