Un juzgado tumba en Burela la primera tasa en Galicia a farmacias por tener dispensadores de medicinas

María Cuadrado Fernández
Maria Cuadrado VIVEIRO

BURELA

XAIME RAMALLAL

La sentencia alega que esa instalación es «de interés general» y ordena devolver lo cobrado el año pasado a cuatro boticas

03 abr 2019 . Actualizado a las 20:55 h.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Lugo acaba de aceptar el recurso de las titulares de las farmacias de Burela pidiendo la exención de la tasa municipal por dispensadores de medicamentos. El juzgado obliga al Concello a dejar sin efecto y a devolver las cuatro liquidaciones practicadas en el 2018, por 197,14 euros por negocio. Es una tasa pionera en Galicia. 

Las cuatro boticarias ya habían presentado de forma conjunta en mayo un recurso contra el acuerdo de las liquidaciones de la tasa, que fue desestimado por la junta de gobierno en julio. En la sentencia se analiza, entre otra normativa, la ordenanza fiscal en cuestión ?la siete?, que regula la tasa por tendidos, tuberías y galerías para la conducción de energía eléctrica, agua, gas, etcétera sobre la vía pública. La magistrada asegura que «no cabe poner en duda la cobertura legal o habilitación de la que disponen las entidades locales para establecer las tasas por ocupación de las vías públicas conforme a lo reseñado en el fundamento relativo a la normativa», si bien recuerda que la instalación de los dispensadores de medicinas «obedece a razones de interés general: la seguridad ciudadana (...) Se trata de una medida impuesta por la ley para prestar el servicio farmacéutico en horarios excepcionales y por turnos (...) Por los motivos expuestos, no puede entenderse que exista una ‘rentabilidad singular’».

También apunta que «como razonablemente se expone en el escrito de demanda, el paciente que acude por un medicamento en horario de servicio nocturno o de urgencia no hace ocupación de la vía pública relevante o distinta de aquel ciudadano que en su legítimo deambular por la vía pública hace las detenciones que estime oportunas o resulten necesarias para contemplar escaparates». Recuerda que estos elementos, a diferencia de expendedoras o fotomatones, requieren la presencia humana del farmacéutico y que en base a la normativa la zona de Burela se califica como rural, por lo que las cuatro oficinas tienen que afrontar por turnos o servicios de urgencia, la prestación farmacéutica. No obstante, afirma que nada le impide al Concello modificar la ordenanza «para incluir expresamente en el hecho imponible los mentados elementos de las oficinas de farmacia».

Desde el Concello de Burela respondieron en el 2018 que la tasa no era de nueva creación, y las boticarias confirmaron que curiosamente solo se les había pasado al cobro este recibo en el 2009 y en el 2018.