Quince años de pleitos por el urbanismo en Barreiros se cierran con una única condena y menor

José Francisco Alonso Quelle
j. alonso BARREIROS / LA VOZ

BARREIROS

El entonces alcalde de Barreiros, Alfonso Fuente Parga (a la izquierda), en el año 2018 dirigiéndose a declarar con su abogado
El entonces alcalde de Barreiros, Alfonso Fuente Parga (a la izquierda), en el año 2018 dirigiéndose a declarar con su abogado Enrique G. Souto

Con la absolución de la exsecretaria municipal por el Supremo, tras todas las causas abiertas solo se declara culpable a una auxiliar administrativa, a quien se aplica la mínima pena por haber obrado inducida por un superior

16 abr 2024 . Actualizado a las 17:36 h.

Con la absolución por el Tribunal Supremo de la exsecretaria del Concello de Barreiros, María Antonia Martínez Barcia, y de un promotor también imputado en la misma causa, finalmente, quince años de pleitos vinculados con el urbanismo en el municipio mariñano se han saldado con una sola persona condenada, y con una pena relativamente menor (la mínima posible aplicable en su caso, según se recoge en la sentencia), sobre todo si se tiene en cuenta el calibre de las que fueron solicitadas para los acusados en las diferentes causas.

En estos quince años se han movilizado ingentes recursos, con un sustancial gasto para las arcas del Concello de Barreiros en concepto de defensa judicial y de posibles indemnizaciones que aún se podrán solicitar. También declararon en diferentes instancias y sedes judiciales decenas de personas; la Xunta intervino y paralizó las obras en marcha adelantando la crisis de la construcción en el municipio; se juzgó al exalcalde del Partido Popular, Alfonso Fuente Parga, a la arquitecta municipal y a los miembros de una Junta de Gobierno; también a la secretaria municipal, a un promotor y a una auxiliar administrativa del Concello, y finalmente todo ha quedado en únicamente una persona condenada

La Xunta abrió el fuego

El pistoletazo de salida a todo este recorrido judicial lo dio el gobierno bipartito de la Xunta (PSOE-BNG), que a finales del año 2006 decidía suspender las normas urbanísticas de Barreiros y retirar a la Junta de Gobierno local las competencias para otorgar más licencias de obra, después de que en menos de un año el Colegio Oficial de Arquitectos visase proyectos para hacer más de 6.000 viviendas en Barreiros, municipio con un censo de poco más de 3.000 habitantes. Con esa decisión y con las demandas contra las licencias que presentó la Xunta, el urbanismo se paralizó. En febrero del 2007 la propia Xunta aprobaba una normativa provisional que prácticamente impedía hacer nuevas promociones, y que estaría en vigor hasta que se aprobase un nuevo Plan General de Ordenación Municipal, lo que, transcurrido ya casi 20 años, todavía no se ha hecho. 

Reclamaciones millonarias

Un grupo de promotores alegaron y el Tribunal Supremo les dio la razón, anulando las normas urbanísticas que con carácter provisional había impuesto la Xunta. Las obras paradas podían volver a retomarse, pero habían transcurrido siete años, era 2014 y en plena crisis del ladrillo, no se hizo. Los promotores comenzaron a reclamar indemnizaciones millonarias por el lucro cesante, pero también perdieron las demandas.

El fallo del Supremo se basaba en errores de forma en los que incurrió la Xunta, por no exponer las nuevas normas a información pública.

Otro juicio muy mediático fue el del exalcalde de Barreiros, Alfonso Fuente Parga, y los ediles que conformaban la Junta de Gobierno en 2006, acusados de un delito de prevaricación urbanística en la concesión de 44 licencias para construir casi 3.500 viviendas. La causa había sido archivada en dos ocasiones, pero la acusación (la fiscalía y Adega), recurrieron y finalmente hubo juicio. En febrero del 2019 todos fueron absueltos en el Juzgado de lo Penal de Lugo, al igual que la arquitecta municipal, también imputada. En este procedimiento, la fiscalía pidió para Fuente Parga, que en noviembre del 2015 dejó el PP por la apertura del juicio oral contra él, una pena de dos años de prisión y diez meses de inhabilitación. Adega solicitó una pena mucho mayor.

ALBERTO LÓPEZ

Doce años de recorrido hasta la absolución final

La última sentencia vinculada con el urbanismo ha llegado del Tribunal Supremo, instancia a la que recurrieron la exsecretaria municipal, María Antonia Martínez Barcia, una auxiliar administrativa del Concello de Barreiros y un promotor, para demostrar su inocencia y tratar de revocar el fallo condenatorio de la Audiencia Provincial de Lugo, en el primer caso por un delito de cohecho, por el que fue condenada a pagar una multa de 75.000 euros y a la suspensión de empleo público por cuatro meses y quince días. En el caso de la administrativa, fue condenada en la Audiencia por un delito de falsedad en documento público a una pena de 18 meses de prisión, multa de 540 euros y a inhabilitación especial por un año para el desempeño de cualquier trabajo en la administración pública. Y el constructor, como autor de un delito de cohecho, a la pena de 35.000 euros de multa.

A lo largo de proceso, que se prolongó durante 12 años en los que durante un tiempo la exsecretaria fue suspendida de empleo y sueldo en Barreiros y finalmente pidió el traslado (ahora ejerce en El Franco), el ministerio público solicitó la absolución de los acusados, quedándose solo en la causa la acusación particular, un promotor lucense y la corporación de Barreiros cuando estaba el PP al frente.

El núcleo del caso estaba en verificar si había una prueba concluyente de que un pago de 100.000 euros en la adquisición de un piso de la exsecretaria de Barreiros por parte de un promotor perseguía ganarse su favor por anteriores o futuras gestiones en el Concello.

Y en este punto, en la sentencia se concluye que no ha quedado demostrado, y más teniendo en cuenta que hubo otros pagos por importes similares vinculados a negocios legítimos inmobiliarios. El Supremo no da carácter de prueba decisiva a unas grabaciones obtenidas de forma irregular, «producida en un contexto poco fiable y en unos términos muy confusos», se indica en la sentencia.

Y con estos y otros argumentos, tras años de recursos judiciales y llegando al Supremo se estimaron los recursos de María Antonia Martínez y del promotor, imponiéndose la presunción de inocencia.

Así las cosas, finalmente la única persona condenada fue la que ejercía como auxiliar administrativa de Barreiros, por hacer un añadido en una solicitud de licencia que figuraba en el libro-registro del Concello. El Supremo dice que «la sentencia admite que no obró por iniciativa propia, sino por influjo de alguien por encima de ella en el organigrama de la Corporación», dato que se toma en consideración para aplicarle la mínima pena posible, pero incide en que estar influida o inducida «por un superior ignorado» no le eximía de su responsabilidad, por lo que confirma la condena, la única por el urbanismo en Barreiros: 18 meses de prisión, multa de 540 euros y inhabilitación por un año.