Carpetazo veinte años después al parque eólico Fonseca, entre A Pontenova, Riotorto y Meira
A MARIÑA
Gamesa promovía la instalación, con 13 aerogeneradores y una potencia total de 26 MW
28 ene 2026 . Actualizado a las 05:00 h.La Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático publicó este martes en el Diario Oficial de Galicia (DOG) una resolución por la que se revocan la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución del parque eólico Fonseca (Pousadoiro-Fonseca fase II), proyectado por Gamesa Energía, S. A. en los ayuntamientos de A Pontenova, Riotorto y Meira. El Gobierno autonómico procede al archivo del expediente.
La promotora presentó el proyecto en el año 2006, con la intención de levantar 13 aerogeneradores con 90 metros de diámetro de rotor, para una potencia total instalada de 26 MW. Gamesa estimaba una producción de 62.322 MWh al año y un presupuesto de 19,3 millones de euros.
El proyecto constituía la segunda fase del parque eólico Pousadoiro-Fonseca I, planeado entre Riotorto, A Pontenova y A Pastoriza, y que constaba de once aerogeneradores para una potencia de 23,5 MW. Las dos instalaciones tramitaron la declaración ambiental en mayo del 2006.
En octubre del 2008, se sometió a información pública la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución y del proyecto sectorial de las instalaciones que comprendía el parque eólico Fonseca.
En diciembre del 2010, la Xunta autorizó administrativamente el parque eólico Fonseca y le reconoció la condición de instalación acogida al régimen especial de producción de energía eléctrica.
En octubre del 2020, la promotora solicitó a la Xunta que formulase consulta al órgano ambiental respecto de la vigencia de la declaración de impacto ambiental (DIA), ya que entendía que «as obras correspondentes ás instalacións que compoñen o parque eólico Fonseca xa foron iniciadas antes da entrada en vigor da Lei 21/2013». Dicha normativa establecía los principios y disposiciones aplicables tanto a la evaluación ambiental estratégica como a la evaluación de impacto ambiental.
Según la promotora, «a subestación transformadora 20/132 kV e o seu transformador 40/53 MVA, compartida polo parque eólico Fonseca, xa foron construídos e postos en servizo». De ese modo, concluía, «atendendo á disposición transitoria da primeira Lei 21/2013, de avaliación ambiental, a declaración de impacto ambiental do eólico Pousadoiro-Fonseca do 24 de maio do 2006 segue vixente, ao iniciar a execución do proxecto con anterioridade ao prazo máximo de seis anos». Sin embargo, la Xunta resuelve archivar el expediente.