Agentes de A Mariña identifican en la A-8 al conductor de un «megacamión» que dio positivo en las pruebas de drogas

La Voz VIVEIRO / LA VOZ

A MARIÑA

G. Civil

El vehículo quedó inmovilizado hasta que se hizo cargo de su conducción otro piloto designado por la empresa

09 dic 2022 . Actualizado a las 22:07 h.

En el marco de un operativo policial masivo (D.O.M.A.) en el que se realizan muestreos de alcohol, drogas, controles de velocidad e inspección de vehículos, agentes de la Guardia Civil de A Mariña dieron el alto a un vehículo articulado de 60.000 kilogramos de masa máxima autorizada, denominado coloquialmente como «megacamión». Los hechos tuvieron lugar en el punto kilométrico 522 de la autovía A-8.

El conductor fue requerido para la realización de las pruebas de detección de drogas y dio positivo en las mismas por consumo de cocaína. Asimismo, las mismas fuentes apuntan que está pendiente el resultado de la confirmación por parte del laboratorio de referencia.

Ante esta situación, se formuló denuncia atendiendo a la vigente Ley de Seguridad Vial, la cual sanciona los hechos con 1.000 euros y la detracción de seis puntos del permiso de conducción. El vehículo quedó inmovilizado hasta que se hizo cargo de su conducción otro conductor designado por la empresa y después de comprobarse que reunía los requisitos necesarios para hacerlo.

Desde la Guardia Civil explican que los «megacamiones» se caracterizan por tener una masa máxima autorizada de 60 toneladas, un 50 % superior a un vehículo articulado normal y una longitud de hasta 25,25 metros, Precisan para su circulación de una autorización especial de circulación emitida por la Dirección General de Tráfico (DGT).

La Guardia Civil recuerda que está prohibida y es sancionable la conducción de cualquier vehículo con presencia de drogas en el organismo. Si ese consumo de drogas mostrase influencia en la conducción, podría ser constitutivo de ilícito penal, que sería castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses, o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.