El TSXG ordena a Alcoa que no pare las cubas como medida cautelar, pero no le impide despedir personal

La Voz VIVEIRO / LA VOZ

A MARIÑA

XAIME RAMALLAL

Mientras la Justicia no falle sobre la impugnación de despido colectivo que han de presentar los sindicatos

04 nov 2020 . Actualizado a las 14:19 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia estimó la pretensión de medidas cautelares solicitadas por los sindicatos CC.OO., UGT y CIG y ordena a Alcoa que no pare las cubas en el departamento de electrolisis, en la planta de aluminio, como era pretensión de la empresa. Para que este pronunciamiento tenga efecto los sindicatos han de impugnar el despido colectivo que pretende aplicar la multinacional. El TSXG explica que esta medida cautelar tendrá efecto temporal en tanto la Justicia no falle sobre la impugnación del ERE. Eso sí, no le impide despedir personal, siempre y cuando no implique parada de cubas.

Contra el auto del TSXG cabe recurso de reposición. Los sindicatos ganan tiempo a la espera de que el Gobierno y la Xunta de Galicia "muevan ficha" y puedan adoptar alguna medida; el comité demanda la intervención pública de la fábrica, algo que fuentes gubernamentales parecen descartar en este momento, pese a que es una opción reconocida en el auto del TSXG y, por tanto, sería posible.

Para los representantes sindicales "é unha boa noticia, aínda que non é definitiva, pero é unha boa noticia. E é ademais unha presión añadida para Alcoa".