Del pleno que se celebrará el próximo lunes en Ribadeo (20.00 horas) depende que decenas de establecimientos de hostelería de Ribadeo tengan la obligación de instalar sonógrafos o cajas negras, un dispositivo diseñado para interrumpir la emisión cuando se superan los límites de volumen máximos establecidos. Es una de las normas que figura en la ordenanza municipal de protección contra la contaminación acústica que el alcalde, Fernando Suárez (BNG), propone aprobar de forma definitiva. Si prospera, Ribadeo será el primer municipio de A Mariña donde los locales de hostelería tengan esos equipos para controlar el ruido que se produce.
La notica ha sido acogida con sorpresa y no poca preocupación por algunos hosteleros. Y es que poco menos se habían olvidado de esta ordenanza que se negoció en el pasado mandato, siendo alcalde Balbino Pérez Vacas (PSOE), y que de hecho la corporación municipal aprobó de forma inicial. Después se abrió un plazo de presentación de alegaciones y ya en este mandato, a principios del 2009, Fernando Suárez planteó llevarla a pleno para aprobarla definitivamente. Entonces los grupos de oposición le pidieron un tiempo para estudiarla. Ahora, el regidor lo intenta de nuevo.
Aire acondicionado
Si se aprueba la ordenanza, los hosteleros tendrán muchas obligaciones que cumplir para adaptarse a la nueva normativa. A los titulares de actividades, instalaciones o prestaciones de servicios autorizados con anterioridad a la aprobación de la ordenanza se les dará un plazo de seis meses para instalar sonógrafo, limitador de sonido, doble puerta y placa identificativa. El resto de elementos que se contemplan en la norma solo los deberán cumplir los negocios de nueva apertura o que se están tramitando. Además, se exigirá aire acondicionado a todos los establecimientos existentes desde el 1 de enero del 2008.
Uno de los puntos más polémicos es, sin duda, el del equipo limitador. La ordenanza indica al respecto: «Para o mellor control dos límites sonoros regulados nestas ordenanzas tipo, se establece a obriga, para tódalas actividades de café-bar especial, pub, café cantante, café concerto, karaoke, discoteca, salas de baile e salas de festas, whiskerías, tablao flamenco, e calquera outro establecemento de hostelería que sexa susceptible pola utilización de música ou aglomeración de persoas no seu interior de producir ruídos entre as 0 e as 8 horas, de instalar aparellos de control permanente de emisión pública (sonógrafos ou caixa negra), deseñados para causa-la interrupción da emisión cando se superen os límites máximos de emisión».
En la ordenanza se atribuye a los titulares de los establecimientos velar para que los usuarios, al entrar y salir del local, no produzcan molestias a los vecinos y de que no se consuman en la calle bebidas servidas en sus establecimientos.
La ordenanza es muy extensa y abarca multitud de cuestiones. Por ejemplo, impide la salida de personas del local llevando botellas, vasos, envases, etcétera, y prohíbe instalar, si no está expresamente autorizado, futbolines, billares o máquinas recreativas que puedan producir ruidos de impacto.
Sanciones
Las multas por vulnerar la norma pueden llegar a los 300.000 euros y el cierre y suspensión de la licencia. Por ejemplo, la inutilización del sonógrafo, su desconexión o manipulación dará lugar a la suspensión inmediata de la actividad del local.
La ordenanza se debatió el jueves por la noche en la comisión informativa previa al pleno. El dictamen contó con los votos a favor del BNG y la abstención del resto de grupos, PSOE, PP e UPRI. De ellos dependerá que salga o no adelante.