Pide permiso a la Policía Local para que su hija de 16 años pueda hacer botellón

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA

AL SOL

Restos de un botellón en Santiago de Compostela.Restos de un botellón en Santiago de Compostela
Restos de un botellón en Santiago de Compostela Xoán A. Soler

Los agentes le tuvieron que explicar al turista que los menores no pueden ingerir bebidas alcohólicas

17 ago 2019 . Actualizado a las 12:14 h.

Cuando días atrás la concejala pontevedresa Carme da Silva, responsable de Seguridade Cidadá, señaló, en relación a la presencia de adolescentes en las fiestas de las peñas, que «moitas veces o ir a esta festa é o premio por levar boas notas que lle dan os seus pais e nais» fueron muchas las voces que la criticaron. Y sin embargo, lo ocurrido recientemente en Poio parece que da la razón a la edila pontevedresa.

Y es que hace un par de fines de semana, los agentes que se encontraban en la Jefatura municipal de Poio se quedaron estupefactos cuando un turista les solicitó la elaboración de una autorización cuanto menos curiosa. El hombre, del que no han trascendido más datos, pero que estaba pasando unos días en este municipio, les reclamó que le estamparan un permiso para que su hija de 16 años pudiese participar en un botellón.

Ante lo insólito de la situación, la primera reacción de los funcionarios fue pensar que se trataría de una cámara oculta para, acto seguido, ponerse en contacto con su superior para trasladarle la petición. De este modo, y superado ese primer impacto inicial, los policías locales le tuvieron que explicar al progenitor que la normativa prohíbe expresamente que los menores consuman alcohol y, de hecho, supone una conducta sancionable tanto para el adolescente como para el padre, en el caso de que se confirme que contó con su visto bueno.

En un primer momento, los agentes creyeron ser víctimas de una cámara oculta.

Lo cierto es que estas sanciones administrativas pueden obedecer no solo al consumo de alcohol en la vía pública por parte de los adolescentes, sino también en el caso de que esta conducta se produzca en el interior de un establecimiento. En este segundo caso, la actuaciones sancionadoras también se dirigirán contra el titular del negocio en cuestión.