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Cómo montar una empresa desde cero en menos de 7 días (y que cualquiera pueda hacerlo)

Estos son los consejos básicos para montar un negocio sin haberlo hecho nunca antes y cómo no morir en el intento

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Fiscalidad y Legalidad

Cómo montar una empresa desde cero en menos de 7 días (y que cualquiera pueda hacerlo)

Publicado
7 julio 2023
Redactor
Marc Solanes
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14:23

Cola

¡Hola!

Usuario

Susana García - Asesora Financiera

14:23

Cola

Buenas tardes. ¿En qué puedo ayudarte?

14:23

Cola

Me gustaría que me aconsejarais sobre cómo montar mi propia empresa desde cero. Nunca antes lo he hecho.

Usuario

Susana García - Asesora Financiera

14:23

Cola

¡Qué buena noticia! No hay que preocuparse de nada. De hecho, lo puedes tener todo listo en menos de una semana.

14:23

Cola

¿Una semana?

Usuario

Susana García - Asesora Financiera

14:23

Cola

Sí, por supuesto. Para poder darte el mejor servicio, primero deberíamos saber qué tipo de empresa estás pensando montar y en qué sector.

14:23

Cola

¡Genial! Mi idea es montar una empresa de distribución de fruta y verdura.

Usuario

Susana García - Asesora Financiera

14:23

Cola

Perfecto. En este caso, lo primero que hay que tener en cuenta es la forma jurídica. Existen varios tipos de sociedades…

Escribiendo...

Montar una empresa desde cero nunca había sido tan fácil como hoy. Aún sin ninguna experiencia previa en el sector, la agilidad de los trámites se ha multiplicado en los últimos años y ya es posible hacerlo en menos de siete días. Tal como suena: en una semana se puede tener en marcha una empresa de nueva creación. Eso sí: hay que estar atento a los pasos a seguir y hacerlo de forma correcta para no incurrir en errores que puedan alargar el proceso más de lo deseado.

Antes de nada, hay que tener en cuenta que existen varias formas jurídicas de constitución de un negocio. Cada una de ellas tiene sus particularidades concretas, que hay que estudiar detenidamente para escoger cuál se adapta mejor a nuestras necesidades. De hecho, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo reconoce una veintena de formas jurídicas de empresa, pero nosotros vamos a detallarte las principales y más importantes.

Montar una empresa en una semana es posible, pero un buen plan de negocio es indispensable.

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Escoger la forma jurídica adecuada es fundamental al emprender. Hay diversas opciones y debes elegir la que mejor se adapte a tu negocio.

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Entre ellas, destaca la Sociedad Civil (SC), que se establece entre dos o más personas que ponen en común un capital con el objetivo de repartir entre sí las ganancias obtenidas y no requiere de capital mínimo inicial; Sociedad Limitada (SL) o Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), una de las formas jurídicas de empresa más habituales. Cuenta con carácter mercantil y personalidad jurídica propia y puede tener uno o más socios -su capital social mínimo es de 3.000 euros-; la Sociedad Anónima (SA), en la que el capital social, que se divide en acciones, está integrado por las aportaciones de sus socios -el capital social mínimo debe sumar 60.000 euros-; y la Sociedad Cooperativa (S. Coop.), que se constituye por varias personas que se asocian libre y voluntariamente para realizar actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales y con estructura y funcionamiento democráticos -el número mínimo de socios es de tres-.

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Escoger la forma jurídica y registrar el nombre, pasos fundamentales

Antes que nada, un buen Plan de Negocio es indispensable. Estudiar la competencia, analizar los puntos fuertes y débiles de la idea de negocio y detallar el producto o servicio que va a ofrecerse es lo primero a tener en cuenta. Sin un público bien definido y una estrategia comercial sólida, difícilmente puede salir bien. Tras escoger la forma jurídica y tener claro el qué y el cómo se va a llevar a cabo la idea, una de las primeras gestiones a tener en cuenta es registrar el nombre de la empresa en cuestión. Esto debe hacerse solicitando el certificado negativo de denominación social en el Registro Mercantil Central (también puede hacerse online). Con ello, nos aseguramos que el nombre será único y exclusivo y que no existe ningún otro negocio con el mismo. Una vez otorgado, se dispone de tres meses para registrarlo ante notario.

Una vez registrada hay que abrir una cuenta bancaria en una entidad financiera de ámbito nacional, y depositar el capital inicial mínimo según la sociedad escogida. Una vez confirmado este último trámite, habrá que proceder a redactar los estatutos de la empresa, que son las normas por las cuales se regirá la sociedad. Se recomienda que esta fase se delegue en un especialista en materia jurídica, ya que requiere de una cierta complejidad y conocimientos técnicos. El siguiente paso es la firma de la escritura pública de constitución, que también deberá realizarse ante notario y es el paso previo a la inscripción en el Registro Mercantil. Para formalizarlo, hay que presentar la certificación negativa del Registro Mercantil, el Certificado Bancario del depósito de capital en la entidad financiera, los estatutos sociales previamente redactados y el DNI de todos los socios. Es importante recordar que las escrituras deben estar firmadas por todos los integrantes.

Si se han realizado todos los trámites previos con éxito, ahora será el turno de dirigirse a Hacienda para solicitar el Número de Identificación Fiscal (NIF) provisional de la empresa. Es necesario, para este trámite, presentar el modelo 036 junto a la fotocopia del DNI de todos los firmantes y las escrituras. Con el mismo 036, el siguiente paso será dar de alta la empresa en la Agencia Tributaria, en el que deberá seleccionarse el epígrafe correspondiente a la actividad, y pagar el correspondiente Impuesto de Actividades Económicas -las SL quedan exentas de pegarlo durante el primer año-.

Los últimos dos trámites antes de tener la empresa en funcionamiento son la inscripción oficial en el Registro Mercantil y la obtención del NIF definitivo. El primero de ellos debe realizarse en la provincia en la que figure el domicilio fiscal de la empresa.

Si se tiene toda la documentación preparada y en orden, en apenas unos días la empresa ya podrá operar legalmente sin problemas"

La documentación necesaria para ello son las escrituras públicas de constitución, la copia del NIF provisional y la Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales -solo en caso de que lo requiere la forma jurídica escogida-. Antes de empezar a operar, solo quedará el NIF definitivo: es necesario otra vez el modelo 036 y debe realizarse en la Agencia Tributaria -o también en línea-.

La documentación que se requerirá para ello serán otra vez el NIF provisional, la copia de las escrituras públicas de estatutos sociales y la fotocopia del DNI de uno de los representantes de la sociedad en cuestión.

Aunque todos los pasos anteriormente mencionados puedan parecer complejos, si se tiene toda la documentación preparada y en orden y se dispone del tiempo necesario, en apenas unos días la empresa ya podrá operar legalmente sin problemas. Existe también una plataforma oficial del Ministerio de Industria (CIRCE) que sirve de mucha ayuda y brinda el apoyo necesario en todos y cada uno de los pasos. ¡Ah! Y no olvides darla de alta en la Seguridad Social, ya que de lo contrario será imposible contratar a nuevos trabajadores.

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