Siete cambios de gran repercusión

La Voz

VIGO CIUDAD

19 sep 2005 . Actualizado a las 07:00 h.

Los siete cambios propuestos desde la Dirección General de los Registros y el Notariado tendrán una importante repercusión al afectar a zonas costeras en expansión y con una imparable actividad del sector de la construcción. Antes de plantear la reforma, el departamento que dirige Juan Fernando López Aguilar pidió informes a los registradores de la propiedad, bienes muebles y mercantiles. Estos informes, demandados en octubre del 2004, recababan información estadística de la actividad de los registros correspondientes a los años 2002, 2003 y primer semestre del 2004. Justicia ampara ahora los cambios propuestos en esas estadísticas y dice que la modificación de la demarcación registral se justifica por «la debida prestación» del servicio público registral. Registro Mercantil y de Bienes Muebles de Pontevedra. En la situación actual está desempeñado por un solo registrador con la denominación de Pontevedra nº 2 y Mercantil. Previa la segregación del Registro de Pontevedra Mercantil y Bienes Muebles, Justicia crea dos nuevas plazas de registrador mercantil para que las funciones que le corresponden sean desempeñadas en el futuro por tres registradores en régimen de división personal (un único distrito gestionado por dos o más registradores). Las nuevas plazas pasan a denominarse Pontevedra Mercantil y de Bienes Muebles I, Pontevedra Mercantil y de Bienes Muebles II, y Pontevedra Mercantil y de Bienes Muebles III. Registro de la Propiedad de Poio. Se forma por segregación territorial del actual Registro de la Propiedad de Pontevedra nº 1 que, hasta ahora, estaba formado por Poio, Pontevedra, antiguo ayuntamiento de Xeve-Pontevedra, antiguo Ayuntamiento de Ponte Sampaio-Pontevedra, y Vilaboa. Tendrá su capitalidad en Poio y su circunscripción se reducirá a este municipio. Registro de la Propiedad de Marín. Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Pontevedra nº 2 y Mercantil, que traslada su capital a Marín. Tendrá como circunscripción el municipio de Marín. A su vez, el Registro de la Propiedad de Pontevedra nº 1 pasará a denominarse Registro de la Propiedad de Pontevedra (sin número). Registro Mercantil y de Bienes Muebles de Pontevedra. Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Pontevedra nº 2 y Mercantil que traslada su capitalidad a Marín. Tendrá capitalidad en Pontevedra y su contenido será el Registro Mercantil y de Bienes Muebles de la Provincia de Pontevedra. Registro de la Propiedad de Vigo nº 7. Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Vigo nº 3 cuya circunscripción actual es la siguiente: sección tercera de Vigo, denominada Bouzas. Tendrá capitalidad en Vigo y circunscripción a determinar según los informes que finalmente emitan las Administraciones y entidades que fueron objeto de las consultas. Registro de la Propiedad de Nigrán. Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Vigo nº 2 cuya circunscripción actual es la sección segunda, Lavadores y los términos municipales de Gondomar y Nigrán. Tendrá como circunscripción el término municipal de Nigrán. Registro de la Propiedad de Vigo nº 6. Se forma por segregación del Registro de la Propiedad nº 1 de Vigo, cuya circunscripción actual es la siguiente: sección A del antiguo Registro matriz número 1. La circunsripción será determinada en el futuro, a tenor de los informes de las distintas instituciones.